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Habeas Corpus a favor de Julio Ferrer

07/12/2016 / Cubalex

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Cubalex presentó al Tribunal Supremo Popular (TSP), solicitud de Hábeas Corpus a favor de Julio Alfredo Ferrer Tamayo, de 58 años de edad, miembro de nuestra organización, que actualmente se encuentra privado de libertad.

En la solicitud de mandamiento de libertad inmediata, se denuncia la utilización de la ley por las autoridades para reprimir y castigar al Abogado y defensor de derechos humanos. En las causas penales iniciadas en su contra, funcionarios judiciales violaron la legislación vigente y su derecho al debido proceso, para encarcelarlo.

Ferrer denunció cada quebrantamiento de la ley en los momentos procesales oportunos y en la solicitud de Revisión. La Sala de Ejecución del Tribunal de La Habana, reconoció que ese procedimiento, era el único remedio para corregir y cesar esas violaciones. El Tribunal de sancionador tiene prohibido cambiar el fallo acordado.

Hace más de 10 meses el abogado espera que el presidente del TSP responda a su solicitud de revisión de las causas que lo incriminan. El término establecido en la ley para dar respuesta a esta petición es de aproximadamente 3 meses y medios. El silencio dilata la justicia, garantiza la impunidad y prolonga el sufrimiento de quien sufre injusta prisión.

El 5 de octubre de 2016, funcionarias del Tribunal Supremo y el de la Habana se negaron a recibir el escrito sobre proceso de Habeas Corpus a favor del abogado. Nuevamente violentaron normas penales que protegen el derecho de queja y petición, bajo el argumento de que Ferrer Tamayo está sancionado por un tribunal.

Cubalex lamenta que la Ley de Trámites Penal no prevé la posibilidad de iniciar el procedimiento de Habeas corpus, si en el proceso se dictó “la sentencia o a auto de prisión provisional”. Insistimos, aunque no de la posibilidad de denunciar privaciones arbitrarias y violaciones de las garantías del debido proceso como la que en el caso de Julio Ferrer se cometen.

No obstante, las autoridades tienen otra oportunidad para cesar las violaciones y ordenar su liberación. Pueden sustituir la pena de cárcel por la de limitación de libertad.  Este 7 de diciembre, pueden otorgarle el beneficio de excarcelación, según el tiempo que alegan tiene cumplido de la sanción de 3 años impuesta.

Cubalex no solo insiste, exige al gobierno de Cuba, que honre sus compromisos como miembro del Consejo de Derechos Humanos, respete su propia ley y libere inmediatamente al Abogado independiente Julio Ferrer.

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