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Cuba y sus compromisos en relación a los derechos de los reclusos

08/12/2016 / Cubalex

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Julio Ferrer Tamayo miembro de nuestra organización resultó detenido arbitrariamente el 23 de septiembre de 2016. Lo trasladaron a la Unidad de la policía ubicada en la calle Zanja, Centro Habana,  donde estuvo por 7 días.

Durante ese tiempo, las autoridades nunca registraron su arresto, ni  le hicieron acta de detención.  Tampoco lo presentaron a la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana, que según dijeron, lo reclamaba.

Las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos son estándares internacionales de obligatorio cumplimiento para todos los Estados. Cubalex recuerda al gobierno cubano su compromiso con los derechos humanos, en su condición de miembro del Consejo.

Según las Reglas mínimas en los lugares de detención deben llevar diariamente un registro con la identidad de las persona detenidas, los motivos de su arresto y la autoridad que lo dispuso, así como el día y la hora de ingreso y de salida. Advierten que ninguna persona podrá ser admitida en los mismos, sin una orden válida de detención.

Ferrer Tamayo alega que todos los calabozos de esa unidad policial están totalmente insalubres. El mal olor es insoportable. No tienen las más elementales condiciones para el aseo personal. “Los detenidos reciben allí el peor trato de los agentes policiales”, Agregó.

Los Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de reclusión, establecen que ninguna persona privada de libertad será sometida a tortura o a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. Las Reglas mínimas además establecen que los locales de reclusión deberán satisfacer las exigencias de la higiene.

Un principio internacional establece que los Estado cuyas normas para la protección de las personas privadas de libertad, no estén a la altura de las Reglas mínimas deberá adoptarlas e incorporarlas en su legislación nacional y aplicarlas en la administración de las instituciones penales y correccionales.

Cubalex conmemora la intervención de Cuba en el segundo ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) el 1º de mayo de 2013. En esa oportunidad  el Estado aceptó y se comprometió voluntariamente a implementar las 230 recomendaciones a nivel interno, formuladas por los miembros del Consejo de Derechos Humanos.

En relación con los derechos de las personas privadas de libertad, Cuba aceptó 10 recomendaciones. Se comprometió a “promover principios de justicia equitativos y acordes con las normas internacionales, especialmente revisando la legislación sobre la detención preventiva y su aplicación”.

También se obligó a implementa las “medidas necesarias para garantizar el derecho de toda persona privada de libertad a acceder a un recurso inmediato, que le permita impugnar la legalidad de esa detención”.

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