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En Cuba no hay condiciones para el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales. La afirmación es fácilmente rebatida, “todos los cubanos tenemos salud y educación gratuita”. Continuemos el debate con otra pregunta: ¿Quien decidió que no podíamos invertir en un hotel o formar empresas mixtas con el estado?

Primero un silencio absoluto y luego un bombardeo a piedras. ¡Al fin Pedro tiró un chícharo! La Asamblea Nacional o el Consejo de Estado que son los que dictan las leyes, respondió dudoso.

¿Has leído en alguna ley que los cubanos no pueden invertir en la economía nacional?, preguntó el profesor. No, pero la ley se llama de inversión extranjera, se supone que solo ellos pueden participar en la economía nacional al mismo nivel del gobierno, contestó.

¿Es justo? Le volvió a preguntar. No, aseveró ¿Crees que se trate de una violación de derechos humanos? Continuó interrogándolo. No sé, respondió contrariado. Se le acercó y le dio dos golpecitos en el hombro.  Si, el estado al excluirnos, nos discrimina, le dijo mientras lo miraba y asentía con la cabeza.

“Todos tenemos derecho a la igualdad y la no discriminación. Es un derecho universalmente reconocido”, explicaba el profesor mientras caminaba de lado al lado del local improvisado como aula. Los críticos de esta ley la llaman el Apartheid cubano ¿Sabían que es un delito en el Código Penal vigente en Cuba?

Les dejo su primera tarea, lean el inciso b) del apartado 1 del artículo 120 del Código Penal. Explique en 140 caracteres, es decir, en un Tweet, si la situación que acabamos de describir podría tipificar el delito del “Crimen del Apartheid”. Nos vemos el próximo miércoles. ¡No falten!