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Sociedad civil Cubana. La esencia de la discriminación II

26/04/2017 / Cubalex

Los criterios del Estado cubano para discriminar a las personas que integran las organizaciones que surgen  de manera espontánea y autónoma en la sociedad civil y se dedican a la defensa de los derechos humanos son subjetivos, irracionales y discordantes.

Las desacredita por recibir financiación. Las inculpa de fabricar alegaciones falsas que son remitidas en los llamamientos urgentes y estimular campañas política internacional de descrédito contra las autoridades cubanas para satisfacer los intereses foráneos y desvirtuar la imagen de Cuba.

Según el gobierno, prestan servicios a los Estados Unidos a través de sus actividades provocativas y de subversión para hacerse y engrosar un aval político que les permita emigrar, bajo el programa de refugiados políticos del gobierno de ese país. Además, son abastecidos materialmente  (comida, teléfonos celulares, laptops, ropas o zapatos), como pago por los servicios que prestan al gobierno norteamericano.

El argumento es totalmente discordante. Es ilógico que el gobierno norteamericano entregue a cada integrante de estas organizaciones recursos materiales y financieros, en pago por la realización de actividades provocativas y subversivas contra el Gobierno, que después utilizaran como avales para aplicar al programa de refugiados políticos y emigrar a su territorio.

Tampoco parece racional que un grupo de individuos sin vínculo laboral, que tiene garantizado millones de dólares por prestar servicio a los Estados Unidos, abandone esta rentable actividad solo con el objetivo de emigrar.

El exilio forzado es uno de los mecanismos utilizados por las autoridades para diezmar y desarticular las organizaciones de la sociedad civil informal. Los métodos de hostigamiento y la represión de las autoridades contra las personas defensoras de derechos humanos y sus familiares, son de tal magnitud, que los que los obliga a solicitar refugio político.

Los criterios para diferenciar a las organizaciones que operan informalmente en la sociedad civil, de las que cuentan con el reconocimiento del Estado, no persiguen un propósito legítimo. Están motivados en la opinión política o de otra índole, y tienen la intención de  anular el ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas. 

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