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¡Demasiadas coincidencias para no participar en las elecciones!

08/05/2017 / Cubalex

En Naciones Unidas, en diferentes exámenes ante órganos de tratado y en los dos ciclos del EPU, el gobierno alegó que el pueblo cubano, en el ejercicio de su derecho a la libre determinación, estableció soberanamente su sistema político económico y social, refrendado con la Constitución de 1976. Asegura que es verdaderamente representativo y genuinamente autóctono y que garantiza la participación real de todo el pueblo en el ejercicio del poder público.

Sin embargo, omite que su sistema se basa en la autoridad de un solo partido político y está diseñado en base a las restricciones indebidas al derecho a fundar organizaciones políticas y adherirse a ellas, restricciones que en la práctica impiden la realización del derecho de libre determinación de la mayoría de la población.

En Cuba la ley electoral no permite a los partidos políticos participar en las elecciones, ni existen mecanismos legales para el registro de organizaciones de carácter político con aspiraciones a ocupar cargos de representación en el Estado.

El Partido y la Unión de Jóvenes Comunistas (PCC y UJC), son las únicas de este tipo, que cuentan con reconocimiento en la Constitución Nacional. La primera, reconocida como fuerza dirigente del Estado.

Supuestamente, no participa en el proceso electoral, pero se prepara para el evento. Celebra sus Congresos cada 5 años, término de renovación de los órganos electivos del Estado. Generalmente un año antes de que se convoque a las elecciones en el mes de abril.

Además determina que cambios deben realizarse al sistema electoral. En el mes de julio de 1992, la Asamblea Nacional reformó el sistema de elección de los diputados nacionales y delegados provinciales por órdenes del Partido. Después de la celebración de las próximas elecciones generales en 2018 modificarán la actual ley electoral, por acuerdo de la élite de la organización partidista

La mayoría de las personas electas para ocupar puestos de representación política a nivel nacional son miembro de este Partido. Su liderazgo además ocupa los puestos más altos del Estado y del gobierno.  En 2011, antes de la renovación del órgano partidista en su VI Congreso, el 66.7 % de los miembros del Buró político del Comité Central del PCC, integraban el Consejo de Estado.

Actualmente el 86.7 % de los miembros de este politburó forma parte del órgano estatal. Además un 74.2 % de los miembros del Consejo de Estado son miembros del Comité Central y el 54.8 % de los miembros de este órgano partidista son diputados a la Asamblea Nacional.

El Primer Secretario, miembro de mayor rango dentro del Partido, desde hace décadas ha ejercido el poder político efectivo en Cuba, como Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, o sea, Jefe de Estado y de Gobierno. Esta coincidencia se da en la práctica, pero no está prevista en la estructuración y regulación constitucional del sistema político cubano.

¡Para no participar en las elecciones, son demasiadas coincidencia! 

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