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Será juzgada por desacato, llamó corrupta a una funcionaria del Estado cubano.

19/07/2018 / Cubalex

Indira Martínez Borges, de 33 años y madre de un menor dos años, será juzgada este 20 de julio en un proceso sumarísimo, acusada de un delito de “desacato” por llamar “corrupta” a Anaís Rodríguez Cárdena, funcionaria de la Dirección Provincial de Vivienda del municipio Camagüey, después de que la institución estatal le decomisara el inmueble y le asignara otro en mal estado por el que tuvo que pagar.

Cubalex expresa su preocupación por la incompatibilidad de estos sumarísimos enjuiciamientos con el derecho a la defensa. Martínez Borges será juzgada sin contar con la asesoría de un abogado. Sólo si concurre al juicio con el Defensor, el Tribunal admitirá su participación. Tampoco tiene recursos para contratar un abogado de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos (ONBC).

Aun pudiendo contratar un defensor, su derecho a la defensa se vería vulnerado. Los contratos de servicios jurídicos de esta organización son los únicos que acepta el tribunal, situación que afecta el derecho a elegir libremente un abogado.

Los abogados de la ONBC no son independientes. Reciben influencia, presión o injerencia indebida por parte de las autoridades que intervienen en el proceso penal, que les impide actuar diligentemente y sin temor, actuando en contra de los intereses de sus clientes.

En estos procedimientos sumarísimos, los abogados de la ONBC ni siquiera intentan solicitar aplazamiento de la vista oral, a sabiendas de que no han tenido tiempo para preparar su defensa ni acceso al expediente de investigación.

Este 17 de julio, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en un comunicado de prensa, manifestó su preocupación por la aplicación de delitos que sancionan la crítica a funcionarios públicos en Cuba.

La relatoría se refirió expresamente al caso del doctor en Ciencias Biológicas, Ariel Ruiz y Eduardo Cardet Concepción, coordinador del Movimiento Cristiano Liberación (MCL) y Martha Sánchez González, miembro de las Damas de Blanco, quienes fueron juzgados y encarcelados por este mismo delito, que atentan contra la libertad de pensamiento y de expresión, y constituye un mecanismo para silenciar el debate pluralista y democrático en torno de la gestión de gobierno.

La Relatoría de la CIDH asegura que el delito de desacato se presta “al abuso, como medida para acallar ideas y opiniones impopulares, con lo cual se restringe un debate que es fundamental para el funcionamiento eficaz de las instituciones democráticas”. Afirma que la mayoría de los Estados de las Américas, el delito de desacato por ofensas ha sido eliminado de la legislación penal.

Hace un llamamiento al Estado cubano a adecuar su marco jurídico a los estándares interamericanos en materia de libertad de expresión, y le recuerda que “los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad”.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.

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