El estado cubano a través del Decreto No. 349 del 20 de abril de 2018 adopta deliberadamente medidas regresivas sin consideración y justificación, que influyen de manera desproporcionada en el ejercicio de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.

El decreto limita el acceso igualitario al trabajo digno a todas las personas. Instituye el trabajo forzado, al obligar a los artistas a calificarse y a establecer vínculos con una institución estatal, para obtener remuneración por su trabajo.

Establece un sistema de censura previa para las actividades culturales, las artes y otras formas de expresión, violentando la libertad para la actividad creadora y el derecho al pleno desarrollo de la personalidad humana. También violenta la libertad de pensamiento, creencia y religión; la libertad de opinión, asociación y reunión pacífica.

Los artistas independientes o que no tienen vinculación con las instituciones del estado o grupo de la sociedad civil, se verán doblemente discriminados debido a que sus formas y medios de expresión son percibidos por el estado como contestatarios, por tanto una forma de expresión de la opinión política.

Estimula y promueve la discriminación por motivos de la opinión política. No responde a una necesidad pública o social apremiante. No persiguen un fin legítimo, no es compatible con las disposiciones, fines y objetivos del derecho internacional de los derechos humanos. No es estrictamente necesario para la promoción del bienestar general de una sociedad democrática.

Por el contrario, violenta el principio de responsabilidades ulteriores que aseguran el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, y la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral pública. Con este decreto no son necesarias víctimas, ni grupos afectados ni denuncias, ni tienen en cuenta las garantías del debido proceso para los inculpados. Los agentes del Estado decidirán de forma discrecional, selectiva y discriminatoria si cualquier manifestación artística promueve la discriminación, la violencia o emplean un lenguaje sexista, vulgar y obsceno

Los artistas no fueron consultados antes de adoptar el Decreto No. 349/2018 y las resoluciones del MINCUL que implementan esta política cultural. Están totalmente desprotegidos. No tienen medios para participar en la gestión de los asuntos públicos ni en el  proceso de formulación aplicación y adopción de decisiones de políticas públicas que incidan en el ejercicio de sus derechos culturales.

No tienen acceso a recursos judiciales efectivos u otros recursos adecuados, para obtener reparación, restitución, indemnización y satisfacción o garantías de no repetición, ante la posible violación de sus intereses morales y materiales. No existen en el país mecanismos para impugnar este Decreto en caso de aplicación ilegal, abusiva, arbitraria, irracional y discriminatoria.