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Conformación de las Circunscripciones electorales

16/01/2019 / Cubalex

Paso número 5

Antes de Convocadas las elecciones, las Asambleas Municipales del Poder Popular (AMPP) tomando como base el número de habitantes del Municipio, lo divide en circunscripciones electorales y presenta una propuesta a la Comisión Electoral Municipal, después que estas se constituyen, y estas a su vez la somete a aprobación de la respectiva Comisión Electoral Provincial[1].  La ley no establece término para este acto. 

Nota: Esto debe ocurrir antes de que se Constituyan las Comisiones electorales de Circunscripción, que según los medios oficiales debe acontecer antes del 13 de enero de 2019, fecha en la que deben estar constituidos todos los órganos electorales nacionales. La lógica indica que, para constituir las Comisiones Electorales de Circunscripción, debe haberse determinado las circunscripciones electorales. La ley no especifica al respecto. 

Por la premura con la que han realizado este proceso, presumimos que utilizarán las circunscripciones aprobadas en las pasadas elecciones que ocurrieron entre 2017-2018. En ese momento se crearon 12 mil 515 circunscripciones en todo el país y 24 mil 361 colegios electorales. El 8 % de los colegios estuvo en casas particulares[2].

Paso número 6

La Comisión Electoral Provincial decide sobre las propuestas de circunscripciones electorales sometidas a su aprobación por las Comisiones Electorales Municipales[3].

Nota: Esto debe ocurrir antes de que se Constituyan las Comisiones electorales de Circunscripción, que según los medios oficiales debe suceder antes del 13 de enero de 2019. Estimen que se crearán al menos 12 mil 515 circunscripciones de todo el país, según datos oficiales de las elecciones celebradas en 2017-2018[4].

Paso número 7

La Comisión Electoral Municipal designa a los miembros de las Comisiones Electorales de Circunscripción en el término establecido por el Consejo de Estado (entre el 4 y 13 de enero de 2019) para constituir los órganos electorales inferiores[5].


[1] Artículo 12 e Inciso b) Artículo 26 de la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, “Ley Electoral”

[2] http://www.granma.cu/elecciones-en-cuba-2017-2018/2017-07-21/mas-de-20-000-colegios-participaran-en-los-comicios-21-07-2017-00-07-58

[3] Inciso f) Artículo 24 de la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, “Ley Electoral”

[4] http://www.granma.cu/elecciones-en-cuba-2017-2018/2017-07-21/mas-de-20-000-colegios-participaran-en-los-comicios-21-07-2017-00-07-58

[5] Inciso c) Artículo 16, Artículo 21, los Incisos c) y ch) del Artículo 26, Artículo 29 y el Inciso ñ) Artículo 30 de la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, “Ley Electoral”

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