Hoy 14 de enero, la seguridad del estado dejó una citación oficial debajo de la puerta de la vivienda familiar donde reside el activista Raux Denis Rodríguez. La papeleta, que está firmada por el Capitán Ernesto Mesa Martín y no tiene la dirección de Denis Raux (como es requerido), le exige presentarse el 14 de enero de 2021 a las 10:00 AM en la 3ra Estación. Allí sería interrogado por el Capitán Manzo segundo Jefe de esa estación policial advirtiéndole que de no asistir incurre en un delito de desobediencia y podía ser acusado.
Cubalex revisó su citación y encontró varias violaciones. Primeramente no está firmada por el Secretario del tribunal ni expresa ante que instructor debe presentarse o el porqué de su citación. Además no tiene la dirección de su domicilio ni el objetivo por el cual lo citan, ni la dirección donde se ubica la referida 3ra estación.
Las violaciones continúan: tampoco no indica el cargo que tiene el Capitán Manzo y la función publica que ejerce. Este aviso de hoy es sin dudas una forma de coacción, según la Ley debe si no se presenta pueden imponerle una multa de 50.00 pesos y si le han citado por segunda vez entonces podría ser procesado penalmente. Las autoridades a pesar de todas las violaciones en las que incurren se lo han advertido.
¿Qué hacer ante una citación ilegal?
Si no cumple con los requisitos del Artículo 86, el Artículo 90 le autoriza a declararla nula. Son nulas las notificaciones, citaciones y emplazamientos que se practiquen sin observar lo dispuesto. Si acepta una citación que no cumple los requisitos legales entonces surtirá todos sus efectos, como si se hubiere practicado conforme a las disposiciones de la Ley.
El Artículo 86 exige que las citaciones se entregarse personalmente o por medio de un familiar, vecino o en el CDR. Cubalex recomienda instruir a las personas que residen con usted para que no reciban ninguna citación dirigida usted. Adviértales que al recibirla están asumiendo una obligación, pero la ley no especifica cual es la responsabilidad en caso de incumplimiento de esta.
La ley solo reconoce como autoridad el Instructor Penal, el Fiscal y el Tribunal. El resto son auxiliares que tienen la obligación de practican que se les encomienden, ejemplo, entregar la papeleta. No pueden expedir y firmar una cédula de citación. Si lo hacen, estarían realizando sin título legítimo, actos propios de una autoridad, atribuyéndose carácter oficial. Eso es usurpar funciones públicas, un delito.
“Usurpación de Funciones Públicas (inciso a) del Apartado 1 del Artículo 148 del Código Penal): Incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres años o multa de trescientas a mil cuotas el que realice, sin título legítimo, actos propios de una autoridad o de un funcionario público, atribuyéndose carácter oficial”
Incluso en un régimen dictatoria como Cuba, los policías y agentes del Estado no deben estar por encima de la ley. Exijamos el respeto de las leyes que ellos mismos crearon. No permitamos que la sigan utilizando como un instrumento de represión. Exijamos un correcto ejercicio de las funciones públicas. Denunciemos los abusos de poder.