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La conveniencia de la inactividad de la Asamblea Nacional

02/09/2021 / Artículos

Lic. Julio Ferrer

La asamblea no sesiona, mientras se gobierna por decreto y sigue pendiente la aprobación de leyes en el cronograma legislativo. A ello sumemos que el presidente afirma que se robustece y refuerza la institucionalidad del país.

Es preciso preguntar a Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado, ¿cómo es posible que la Asamblea Municipal de Centro Habana pueda sesionar, y la Asamblea Nacional, no, siendo el máximo órgano legislativo del país?

¿Será que la Covid-19 solo representa un peligro para los diputados nacionales? ¿No le resulta conveniente al gobierno cubano, que el máximo órgano legislativo sesione? Si lo hiciera no tendría otra opción que cumplir con el Cronograma Legislativo y aprobar las tan anunciadas y esperadas leyes como la de reclamación, ante los tribunales, por violación de los derechos constitucionales; la de Proceso Penal; y la que debe implementar el derecho a la manifestación y protesta pacíficas.

La inactividad legislativa de la Asamblea Nacional permite que las autoridades continúen gozando del estado de impunidad que han disfrutado siempre, especialmente después del 11 de julio de 2021. Siguen aplicando disposiciones legales obsoletas y no atemperadas a la nueva Constitución, como es el caso de la arcaica Ley de Procedimiento Penal que data de hace más de 44 años. Esta ley que permite la celebración de juicios sumarios sin la intervención de abogado defensor, en franco irrespeto a lo establecido en la Constitución en su artículo 95 (inciso b).

En mi opinión, créanme que deseo estar equivocado, en Cuba continuará sucediendo que la Constitución sea irrespetada por las propias autoridades a las que les corresponde hacer valer la superioridad de la Carta Magna. Se sigue gobernando por decretos, resoluciones, acuerdos, etc., de modo menos democrático, menos inclusivo y participativo para los ciudadanos de a pie. Sus opiniones no son tomadas en cuenta para la elaboración y redacción de esos decretos y demás disposiciones normativas, dictadas sin que estén previstas en el Cronograma Legislativo.

Y así asevera el Presidente que de esa manera se robustece y refuerza la institucionalidad del país y el “Estado Socialista de Derecho”. Este término, que según él se plasmó en la nueva Constitución; aún está pendiente de definir o conceptualizar: a estas alturas no se sabemos qué cosa es “Estado Socialista de Derecho”.

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