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La huelga de hambre como forma de protesta: un derecho humano fundamental 

23/02/2024 / Artículos, Cubalex

La huelga de hambre se presenta como un dilema en el contexto del sistema penitenciario, siendo considerada tanto una forma legítima de protesta a nivel internacional como una indisciplina grave según la legislación penitenciaria cubana. La Ley de Ejecución Penal y el Reglamento del Sistema Penitenciario de Cuba clasifican las violaciones de disciplina en tres niveles: graves, menos graves y leves, y definen la indisciplina como cualquier acción u omisión por parte de los reclusos que contravenga las normas establecidas.

A pesar de que la normativa interna busca mantener el orden y la seguridad, ciertas prohibiciones, como la huelga de hambre, son criticadas por limitar derechos fundamentales como la libertad de expresión y el derecho a la protesta. Internacionalmente, la huelga de hambre es reconocida como un acto de protesta y un derecho humano esencial, respaldado por varios instrumentos jurídicos que protegen la libertad de expresión y el derecho a presentar quejas.

No obstante, en Cuba, negarse a ingerir alimentos como forma de protesta puede resultar en sanciones disciplinarias, aunque la práctica es defendida en el ámbito internacional como un medio legítimo para reclamar derechos. El Consejo Disciplinario es el ente encargado de decidir sobre casos de indisciplina, incluyendo la huelga de hambre.

A pesar de las restricciones locales, se recomienda la presentación de solicitudes de libertad condicional y la interposición de procesos de amparo como mecanismos para defender los derechos de los reclusos, subrayando la importancia de considerar la trascendencia jurídico-social, la irreparabilidad de la violación, y la vulnerabilidad de la persona agraviada.

En 2023, un total de 100 personas privadas de libertad, seis mujeres y 94 hombres, realizaron huelgas de hambre. De ellas, 70 fueron llevadas a cabo por presos políticos, incluyendo a cinco mujeres y 65 hombres, según los datos recopilados por Cubalex.

Para conocer más sobre este tema, le invitamos a consultar el siguiente artículo de la abogada de Cubalex, Giselle Morfi.

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