Beneficios penitenciarios a cambio de entrega ilegal de armas en Cuba

Desde hace más de tres décadas, autoridades penitenciarias y del Ministerio del Interior (MININT) en Cuba han condicionado beneficios penitenciarios —como cambios de régimen, libertades condicionales o licencias extrapenales— a la entrega ilegal de armas de fuego por parte de reclusos y sus familias. Esta práctica convierte derechos reconocidos en moneda de cambio ilícita, expone a las familias a riesgos legales y financieros, libera a delincuentes peligrosos y vincula directamente al Estado con el mercado negro de armas.

Se trata de un patrón documentado por Cubalex a lo largo de años de investigación, y que ha sido corroborado también por fuentes independientes, incluidas denuncias públicas en medios de comunicación y procesos judiciales militares relacionados con la sustracción y venta ilegal de armas por parte de funcionarios, que evidencian la existencia de un mercado negro en el que participan tanto civiles como militares.

Este fenómeno se desarrolla en un entorno penitenciario marcado por el hacinamiento extremo, la precariedad de la infraestructura y la ausencia de supervisión independiente. Cuba mantiene una de las tasas de encarcelamiento más altas del mundo, con más de 90 mil personas privadas de libertad en instalaciones que superan ampliamente su capacidad real. A ello se suman condiciones estructurales críticas, como cárceles con techos colapsados, instalaciones insalubres, falta de agua potable y sistemas de ventilación inadecuados, documentadas incluso en prisiones de alta seguridad como Kilo 8 y el Combinado del Este.

En este contexto, donde las condiciones materiales de las prisiones constituyen en sí mismas violaciones de derechos humanos y el Estado ha negado sistemáticamente la existencia de problemas estructurales, resulta coherente que florezcan prácticas ilícitas como el canje de armas a cambio de beneficios penitenciarios. Estas prácticas son posibles gracias a la opacidad institucional, la discrecionalidad absoluta en la aplicación de la Ley de Ejecución Penal y la falta de control judicial efectivo.

Contexto

La práctica denunciada por Cubalex se desarrolla dentro de un sistema penitenciario caracterizado por opacidad, discrecionalidad y ausencia de supervisión independiente. Desde 1959, el Estado cubano mantiene un monopolio absoluto sobre las armas de fuego, reforzado por normas como el Decreto-Ley 262/2008, que restringe severamente la posesión civil y concentra amplias facultades en el MININT. Este control estatal, lejos de eliminar la circulación ilegal de armas, ha coexistido con redes ilícitas vinculadas a funcionarios estatales.

El sistema penitenciario cubano presenta problemas estructurales persistentes: hacinamiento extremo, deterioro de la infraestructura, insalubridad y falta de mecanismos de control judicial efectivo. Organismos internacionales, en particular el Comité contra la Tortura, han señalado reiteradamente estas deficiencias, mientras el Estado ha negado o minimizado su existencia y ha rechazado inspecciones independientes.

Cómo funciona el canje en la práctica

Desde finales de los años ochenta e inicios de los noventa, autoridades penitenciarias y agentes del Departamento Técnico de Investigaciones (DTI) han exigido de manera sistemática la entrega de armas de fuego como condición para otorgar beneficios penitenciarios, práctica conocida informalmente entre los reclusos como “El Convenio”.

El mecanismo suele iniciarse mediante entrevistas entre el recluso —o sus familiares— y funcionarios penitenciarios, en las que se ofrece la posibilidad de mejorar el régimen de cumplimiento de la condena (traslado a campamentos de mínima seguridad, reducción de sanción, libertad condicional o licencias extrapenales) a cambio de conseguir un arma. La negativa arbitraria de beneficios legalmente reconocidos se utiliza como presión para forzar la aceptación del trato.

Eliober Sosa Villavicencio, exreeducador penitenciario entrevistado por Cubalex, explicó que la misma comenzó en la década de 1990 y, con el tiempo, dejó de ser un procedimiento excepcional para convertirse en un mecanismo conocido por los reclusos.

Aunque participan mayoritariamente personas sancionadas por delitos comunes, no existen límites reales por tipo de delito: se han documentado beneficios otorgados a condenados por homicidio, violación, robo con violencia o narcotráfico, mientras se niegan sistemáticamente a presos políticos o a reclusos con graves problemas de salud, aun cumpliendo los requisitos legales.

Las familias, generalmente en situación de alta vulnerabilidad económica, se ven obligadas a acudir al mercado informal, vender bienes esenciales o endeudarse para obtener las armas. Los precios han aumentado de forma significativa: mientras en los años ochenta y noventa un arma podía costar 8 dólares, entre 2015 y 2020 oscilaban entre 300 y 800 USD. Actualmente, tras el ordenamiento monetario, fluctúan entre 130.000 y 180.000 CUP, equivalentes a más de 20 salarios promedio. Las armas más solicitadas son las reglamentarias del MININT y las Fuerzas Armadas, aunque se aceptan otras, siempre que no sean de fabricación casera.

En algunos casos, las armas son verificadas por laboratorios de criminalística antes de concretarse el beneficio, para verificar que no estén vinculadas a hechos de sangre.

De manera particularmente grave, existen situaciones en las que los familiares terminan siendo procesados penalmente por delitos vinculados a armas, pese a haber actuado inducidos por los propios funcionarios estatales. La práctica transforma así derechos penitenciarios en mercancía ilícita, institucionalizando la corrupción dentro del sistema penal.

Consecuencias y riesgos

Para las personas privadas de libertad y sus familias, implica coacción, endeudamiento severo y exposición a riesgos penales, al verse obligadas a participar en el mercado ilícito de armas. Se genera una discriminación económica estructural, ya que solo quienes poseen recursos o contactos pueden acceder a beneficios, mientras los más pobres permanecen encarcelados. Además, los reclusos excarcelados quedan bajo amenaza permanente de chantaje, lo que refuerza el miedo y la autocensura.

Para las víctimas de delitos graves, la excarcelación ilegal de agresores constituye una revictimización, al transmitir el mensaje de que la justicia es negociable y que la gravedad del delito puede ser anulada mediante corrupción. Esto debilita la confianza social en el sistema judicial y normaliza la impunidad.

Para la sociedad en general, el canje alimenta el mercado informal de armas, incrementa los riesgos de violencia y contradice el discurso oficial de control y seguridad. La liberación anticipada de personas condenadas por delitos violentos compromete directamente la seguridad ciudadana y agrava el descrédito de las instituciones.

A nivel internacional, la práctica revela un incumplimiento sistemático de las obligaciones internacionales del Estado cubano y lo vincula con dinámicas de tráfico ilícito de armas, con posibles impactos en la seguridad regional. En conjunto, el canje de armas no solo vulnera derechos individuales, sino que corrompe integralmente el sistema penal y consolida un modelo en el que la libertad se administra como un instrumento de control y negociación.

Recomendaciones

Cubalex formula recomendaciones dirigidas a distintos actores:

Al Estado cubano, exige el cese inmediato de la práctica y la sanción de los responsables; la reforma de la Ley de Ejecución Penal para garantizar criterios objetivos y transparentes; la supervisión independiente de los centros penitenciarios; la adopción de medidas de reparación integral para las víctimas; y la publicación de estadísticas penitenciarias verificables.

A los mecanismos internacionales de derechos humanos, solicita investigar la práctica como una forma de coacción y trato degradante; examinar la falta de independencia judicial; abordar el fenómeno como una expresión de corrupción estructural; considerar el canje de armas como agravante de la detención arbitraria; e incorporar el tema en las observaciones al Estado cubano.

A la comunidad internacional, recomienda condicionar negociaciones diplomáticas a compromisos verificables de transparencia penitenciaria, apoyar el trabajo de la sociedad civil independiente y establecer mecanismos de alerta temprana frente a prácticas penitenciarias ilícitas con impacto en la seguridad pública.

Descubre más desde Cubalex

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo