Por décadas, el discurso oficial de las autoridades cubanas ha sostenido que la gratuidad o el bajo costo de los servicios públicos son uno de los pilares en los que se sostiene el carácter igualitario y no discriminador del sistema socialista. Sin embargo, la reciente publicación de la Resolución 486/2025 del Ministerio de Justicia (MINJUS) en la Gaceta Oficial representa otra evidencia de la falsedad de estos argumentos. No estamos ante un simple ajuste contable, sino ante la consolidación de un apartheid económico donde el acceso a la legalidad se mide en moneda extranjera.
En la mencionada del MINJUS se establece que la actualización de las tarifas tiene el objetivo explícito de captar ingresos en moneda extranjera, una práctica común en la década del noventa del pasado siglo y que se suponía extinta después del desarrollo de la Tarea Ordenamiento para la unificación monetaria y cambiaria en Cuba. Al fijar precios en dólares (USD) para trámites de obtención y legalización de documentos, el Estado cubano ha transformado servicios administrativos básicos en productos de exportación.
Por ejemplo, al amparo de esta disposición normativa, un ciudadano cubano que necesite su certificación de notas y títulos debe pagar una tarifa de $260 USD o su equivalente en moneda nacional. Para los cubanos residentes en el exterior o extranjeros que viven en Cuba, el pago en divisas es obligatorio. De tal forma, la inmensa mayoría de los cubanos residentes en el territorio nacional, cuyo salario se devenga en un peso cubano (CUP) sin valor real debido al contexto inflacionario, cifras como esa representan meses o años de ahorro, convirtiendo la gestión de su propia identidad y trayectoria académica en un obstáculo casi insalvable.
Desde una perspectiva de derechos humanos, Cubalex considera que esta resolución se enmarca en un patrón estatal de institucionalización de la desigualdad. Al crear una estructura de precios que privilegia a quienes tienen acceso a remesas o divisas, la Resolución 486/2025 del MINJUS segmenta a la población en lo que respecta al acceso de determinados servicios jurídicos en ciudadanos de primera y segunda categoría con base en dos criterios:
- Discriminación basada en el acceso a divisas extranjeras: el acceso a la justicia y a la seguridad jurídica deja de ser un derecho universal para convertirse en un privilegio para aquellos ciudadanos cubanos que cuenten con acceso a divisas extranjeras
- Control social: la disposición normativa del MINJUS actúa como un filtro. Si un ciudadano necesita emigrar o requiere de un documento para surtir efectos legales fuera de territorio cubano, el Estado condiciona su libertad de movimiento a la entrega de divisas que el propio sistema no permite que la mayoría de los trabajadores gane digna y directamente.
Un aspecto alarmante de la Resolución 486/2025 del MINJUS es la discrecionalidad que otorga a los directivos de los bufetes especializados y otras entidades autorizadas a la prestación de los servicios legales. Esta disposición normativa les faculta para incrementar las tarifas de acuerdo con la urgencia o la complejidad del asunto, sin establecer límites claros para evitar abusos. Esta falta de transparencia genera una inseguridad jurídica profunda: el ciudadano nunca sabe con certeza cuánto terminará costando su derecho a la defensa o su trámite inmobiliario.
También es posible que la mencionada facultad discrecional se emplee por los directivos encargados de implementar estas medidas para priorizar a aquellos clientes que paguen los servicios en dólares u otras monedas extranjeras.
En resumen, la Resolución 486/2025 del MINJUS no es un ajuste aislado. Se inserta en una estrategia política y jurídica de supervivencia del régimen cubano basada en extraer la mayor cantidad posible de recursos económicos de sus ciudadanos, mientras sacrifica el bienestar de los sectores más vulnerables con el objetivo de recolectar dólares y otras divisas.
Como hemos advertido desde Cubalex anteriormente, la supuesta temporalidad de estas medidas no es más que una trampa retórica. Mientras el Estado comercializa documentos esenciales en dólares, los derechos económicos y sociales de la población se desvanecen en la inflación de la moneda local.