En las últimas semanas, el tema de la libertad de los presos políticos en Cuba ha vuelto al centro del debate público. El término amnistía se repite en medios de prensa y redes sociales a partir de varias iniciativas de organizaciones de la sociedad civil para la liberación de los presos políticos. Con base en el compromiso de Cubalex con la defensa de los derechos humanos en Cuba y la promoción del Estado de derecho, parece oportuno explicar qué es la amnistía y sus diferencias fundamentales con el indulto, otra forma de perdonar la responsabilidad penal empleada por el Estado cubano anteriormente.
Para quienes sufren la prisión por motivos políticos y sus familias, conocer la regulación de la amnistía y el indulto en Cuba no es una cuestión de diccionarios, sino de saber en qué condiciones se recupera la libertad y cuáles son las consecuencias de ser indultado o amnistiado.
¿Qué es la amnistía?
En términos muy simples, la amnistía es el olvido de la infracción. Mediante ella se elimina la acción penal del Estado y se perdona la sanción. Es la medida más profunda que puede tomar un Estado, porque no solo libera a la persona de la cárcel, sino que extingue la sanción y todos sus efectos legales. Al amparo de la Constitución de la República de 2019 y la Ley No. 131 De Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba, la amnistía no es un regalo discrecional, sino un proceso legislativo formal.
Solo la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) puede concederla mediante una ley adoptada en votación ordinaria, de acuerdo con lo pautado en el artículo 108 inciso u) de la Constitución cubana. En el contexto de los presos políticos, una amnistía significa que el Estado reconoce que los hechos no deben perseguirse y se cancelan de oficio los antecedentes penales.
¿Quiénes pueden solicitar una amnistía?
A diferencia de otros beneficios, la ley cubana amplía la capacidad de iniciar este proceso. Según lo dispuesto en el artículo 241.1 de la Ley No. 131, la solicitud se puede formular por tres actores políticos: el presidente de la República el Consejo de Estado o el Consejo de Ministros.
Esto significa que varias autoridades estatales pueden dar el primer paso para solicitar a la ANPP la aprobación de una ley que otorgue la amnistía a los presos políticos. Solo deben presentar un escrito fundamentado que explique las razones de la medida y los detalles sobre quiénes serían los beneficiados.
¿Qué es el indulto?
A diferencia de la amnistía, el indulto es una facultad personal y directa del presidente de la República. La principal diferencia respecto a la amnistía es que las personas que se benefician con un indulto siguen considerándose culpables ante la ley y sus antecedentes penales no son borrados de oficio. Según lo dispuesto en el artículo 93 del Código Penal, el indulto sólo extingue la sanción principal y nunca las sanciones accesorias, a menos que hayan sido incluidas expresamente en este. Tampoco comprende la responsabilidad civil ni la cancelación de los antecedentes penales del sancionado, a menos que tenga carácter definitivo y estos efectos se consignen expresamente en la disposición normativa correspondiente.
En otras palabras, la extinción de las sanciones accesorias (p. ej. la prohibición de frecuentar determinados lugares), la cancelación de los antecedentes penales o de la responsabilidad civil son decisiones discrecionales del presidente de la República cuando indulta a personas privadas de la libertad. De ahí que por regla general si una persona indultada es detenida nuevamente, el sistema de justicia penal lo tratará como reincidente, es decir, como una persona que fue sancionada con anterioridad, lo que aumenta la severidad de la posible nueva condena.
Diferencias clave que debes conocer
La amnistía y el indulto presentan diferencias jurídicas clave que conviene tener en cuenta. La amnistía es decidida por la Asamblea Nacional mediante una ley, generalmente a solicitud del presidente de la República o del Consejo de Estado o de Ministros, y tiene como efecto borrar el delito y todas las consecuencias de la sanción; además, cancela de oficio los antecedentes penales y conduce a la recuperación plena de los derechos. El indulto, en cambio, es una decisión directa del presidente de la República mediante decreto presidencial y solo perdona la sanción principal —por lo general, la privación de libertad—, sin eliminar el delito; por regla general mantiene intactos los antecedentes penales y deja a la persona en libertad, pero con una situación jurídica estigmatizada y con culpa reconocida.
Conclusión
Para una verdadera reconciliación nacional y la reparación de las víctimas de violaciones a los derechos humanos como parte de la represión estatal, el camino legal más completo es la amnistía. El indulto es un mecanismo que permite liberar a las personas, tal cual ha ocurrido anteriormente en Cuba durante visitas papales, pero deja estigma legal sobre los beneficiados, porque se mantienen las restricciones a sus derechos y, si cometen un nuevo delito, son considerables como reincidentes ante la ley y el sistema de administración de justicia penales.
Por ende, desde Cubalex declaramos que quienes están presos por ejercer sus derechos fundamentales no deben liberarse mediante un mero acto de generosidad política, sino a partir de una manifestación de voluntad del Estado cubano que restablezca la dignidad plena de personas que no debieron permanecer en prisión nunca.