30/06/2026
El Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas (CED) activó de forma simultánea diez acciones urgentes tras la solicitud formal presentada por Cubalex, en relación con las detenciones arbitrarias, incomunicación y posterior ocultamiento del paradero de diez personas en el municipio de Contramaestre, provincia de Santiago de Cuba.
Las peticiones fueron oficialmente registradas por el organismo internacional bajo los expedientes AU No. 2346/2026 a 2355/2026, en virtud del artículo 30 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. A través de esta resolución, la secretaría de la ONU dirigió una comunicación vinculante a la Misión Permanente de Cuba en Ginebra exigiéndole la adopción inmediata de medidas de búsqueda, localización y salvaguarda de los afectados, otorgando al Estado un plazo límite hasta el 14 de julio de 2026 para responder formalmente.
Las Acciones Urgentes protegen a los ciudadanos cubanos Luis Alberto Leyva Rosabal, Yordi Daniel Gómez Aguilar, Ángel Luis Leyva y Ander Maddiel del Toro Suárez; a los adolescentes de 17 años José Ángel Borrero Zorrilla y José Jorge Menéndez Vázquez; a dos menores de 15 años; así como a un joven identificado únicamente como José Julio, quien presuntamente también es menor de edad y a otro ciudadano cuyo nombre está protegido.
Operativos represivos, detenciones forzosas y desinformación
De acuerdo con la documentación presentada ante las Naciones Unidas, las privaciones de libertad ocurrieron entre el 22 y el 24 de junio de 2026 en la localidad de Maffo y zonas aledañas de Contramaestre. El despliegue de las fuerzas represivas —que incluyó a efectivos de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), el Ministerio del Interior (MININT), el Departamento Técnico de Investigaciones (DTI) y agentes vestidos de civil— se desencadenó tras un incendio ocurrido el 21 de junio en la Casa Memorial Orlando Pantoja Tamayo, conocida localmente como el Museo de Maffo.
El patrón de arrestos se caracterizó por la violencia y la falta de garantías procesales. En el caso del adolescente de 15 años Dian Daniel Mora Acuña, agentes estatales irrumpieron directamente en su vivienda el 22 de junio para llevárselo a un sitio desconocido. El 24 de junio, alrededor de las 3:30 p.m., al menos diez efectivos de la PNR y el DTI asaltaron el domicilio de Yordi Daniel Gómez Aguilar (21 años) mientras se encontraba afuera de su casa, decomisando los teléfonos celulares de toda su familia tras señalarlo de forma informal por el supuesto delito de sabotaje.
Ante la falta de transparencia legal, los allegados y representantes acudieron a las unidades policiales locales de la PNR, donde las autoridades se negaron a suministrar actas oficiales de detención, limitándose a responder con evasivas de que los jóvenes “estaban siendo investigados”. Informes extraoficiales apuntan a que los diez detenidos habrían sido trasladados en masa hacia el Centro de Operaciones e Instrucción Penal de Versalles, en la ciudad de Santiago de Cuba. No obstante, las jefaturas del penal han rechazado corroborar formalmente su presencia, impidiendo además cualquier tipo de acceso físico o constatación de fe de vida por parte de los familiares.
Alarma internacional por el procesamiento de menores inimputables
El Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU manifestó una profunda preocupación jurídica por el contexto de desprotección e indefensión estructural de los detenidos. El organismo resaltó con gravedad que en el grupo figuran al menos cuatro menores de edad. Particularmente alarmantes son los casos de dos menores, ambos de tan solo 15 años de edad, sobre quienes existen reportes de encontrarse bajo la medida transitoria de prisión provisional por supuesto “sabotaje”, a pesar de que, por su rango de edad, la propia legislación penal cubana los define explícitamente como penalmente inimputables.
Adicionalmente, el Comité enfatizó que el ocultamiento deliberado de información sobre una privación de libertad, sumado a la negativa de las autoridades a reconocer el arresto o revelar la ubicación exacta, constituye una desaparición forzada de corta duración, la cual sustrae a las víctimas de la protección elemental de la ley, violando sus derechos humanos básicos y el debido proceso al impedirles nombrar una defensa legal de su elección.
Exigencias específicas de la ONU al Estado cubano
En su requerimiento de Acción Urgente, la organización internacional emitió una lista de recomendaciones de obligatorio cumplimiento para el régimen de La Habana:
- Informar oficialmente y sin dilación el lugar exacto de reclusión de las diez personas, detallando el nombre y la dirección postal de la institución penitenciaria.
- Especificar de manera formal los presuntos cargos penales imputados a cada uno y clarificar el número de expediente de instrucción policial asignado.
- Evaluar y revertir con urgencia la legalidad de la privación de libertad de los dos menores de 15 años, atendiendo rigurosamente a las normativas de exención de responsabilidad penal por motivos de edad.
- Garantizar el derecho inalienable de los diez detenidos a sostener comunicación telefónica efectiva y visitas periódicas con sus allegados, representantes y equipos legales.
- En caso de que el Estado alegue que no se encuentran bajo su custodia directa, iniciar de forma inmediata una investigación exhaustiva, imparcial y de oficio bajo la presunción de desaparición forzada cometida por agentes del Estado.
Cubalex continuará monitoreando de manera rigurosa la evolución del caso y remitiendo elementos probatorios adicionales al Comité de las Naciones Unidas hasta que se esclarezca plenamente la suerte y el paradero de las diez personas involucradas en las acciones urgentes registradas.