Cubalex expresa preocupación por la situación de Ricardo Román Suárez Marrero, persona privada de libertad en la prisión Kilo 8, en Camagüey, condenado a 18 años de prisión por delitos de contenido político, entre ellos espionaje, revelación de secretos y desacato.
El caso de Ricardo Suárez Marrero es complejo. Fue exoficial del Ministerio del Interior y formó parte de estructuras estatales que Cubalex ha documentado como responsables de graves violaciones de derechos humanos. Esa trayectoria no puede ser ignorada, especialmente por respeto a las víctimas del aparato represivo. Sin embargo, la defensa de los derechos humanos exige distinguir entre la responsabilidad por el pasado y la obligación actual del Estado de garantizar la vida, la integridad física, el debido proceso y la protección contra la tortura de toda persona bajo su custodia.
En comunicaciones recientes, familiares de Ricardo informaron a Cubalex sobre amenazas e intimidaciones que él habría denunciado desde prisión. También reportaron que el 30 de junio de 2026 un funcionario penitenciario lo habría esposado con los brazos detrás de la espalda, apretándole las esposas hasta causarle dolor y afectarle la circulación, antes de conducirlo a una oficina para imponerle una medida disciplinaria relacionada con la supuesta difusión de “noticias falsas”.
Estos hechos, de confirmarse, podrían constituir represalias por la difusión de denuncias desde prisión y trato cruel, inhumano o degradante. La situación es especialmente grave porque Ricardo se encuentra bajo control total del Estado cubano y no puede protegerse por sus propios medios.
Cubalex solicita a las autoridades cubanas garantizar de inmediato la vida, integridad física y psicológica de Ricardo Román Suárez Marrero; abstenerse de imponer represalias por sus comunicaciones o denuncias; permitir comunicación regular con su familia; asegurar atención médica si la requiere; e investigar de manera independiente las amenazas y actos de maltrato denunciados.
Cubalex también llama a organismos internacionales, mecanismos de derechos humanos y organizaciones de protección a monitorear urgentemente este caso. La protección contra la tortura y las represalias no depende de la simpatía hacia la persona afectada. Depende de un principio básico: cuando el Estado controla el cuerpo de una persona, tiene un deber reforzado de proteger su vida.