Cubalex cuestiona respuesta del Estado cubano en relación a sobrevivientes de la lancha con matrícula de Florida

Cubalex presentó comentarios ante el Comité contra la Desaparición Forzada (CED) de Naciones Unidas en relación con la respuesta enviada por el Estado cubano en las Acciones Urgentes referentes a seis sobrevivientes del operativo ocurrido el 25 de febrero de 2026 en las inmediaciones de Cayo Falcones, Villa Clara.

La organización sostiene que la información remitida por el Estado no aporta la documentación necesaria para verificar sus afirmaciones y mantiene sin esclarecer aspectos esenciales sobre la suerte, el paradero y la situación jurídica de las personas afectadas. Por ello, solicitó al Comité que continúe el seguimiento de las Acciones Urgentes registradas bajo los expedientes AU No. 2240/2026 a 2244/2026.

El incidente ocurrió cuando una lancha con matrícula del estado de Florida fue interceptada por tropas cubanas cerca de Cayo Falcones. Como resultado del operativo murieron cuatro personas* y otras seis sobrevivieron con heridas de diversa consideración.

En sus observaciones al Comité, Cubalex recuerda que el Estado calificó los hechos como una “agresión armada” y una “infiltración terrorista”, argumentando que el caso no guarda relación con desapariciones forzadas. Sin embargo, la organización advierte que ninguna calificación penal justifica la incomunicación de las personas detenidas, el ocultamiento de su paradero, la ausencia de registros oficiales, la restricción del acceso a la defensa, la falta de atención médica adecuada o una muerte bajo custodia sin una investigación efectiva.

Falta de documentación verificable y contradicciones

Cubalex señala que el Estado realizó afirmaciones categóricas sin aportar los documentos que permitieran corroborarlas. Entre ellas, sostuvo que Roberto Álvarez Ávila falleció como consecuencia de las heridas sufridas y fue cremado con el consentimiento de sus familiares; que todas las personas heridas recibieron atención médica integral; y que desde el inicio existieron visitas y comunicaciones con sus allegados.

No obstante, el Estado no acompañó registros médicos, expedientes legales, constancias del supuesto consentimiento para la cremación, registros de visitas o llamadas, ni otra documentación individualizada que permitiera verificar esas afirmaciones.

La organización también expone que varias de esas declaraciones contradicen la información obtenida directamente de las familias de Conrado Galindo Sariol y Leordán Enrique Cruz Gómez, así como las denuncias públicas de familiares y allegados de Roberto Álvarez Ávila.

En particular, los familiares de Álvarez Ávila negaron públicamente haber autorizado la cremación de su cuerpo y denunciaron que inicialmente la policía les informó que sería trasladado a Cienfuegos para la realización de los servicios fúnebres.

Asimismo, Cubalex identifica inconsistencias entre las dos respuestas remitidas por el Estado al Comité. Mientras el primer escrito señalaba que únicamente Amijail Sánchez González había sido trasladado al Combinado del Este el 30 de abril de 2026, la información adicional extendió ese traslado también a José Manuel Rodríguez Castelló y afirmó que “los demás permanecieron en el Órgano de Investigación”, sin identificar cuál era dicha autoridad ni precisar el lugar exacto de reclusión de cada persona.

La organización destaca que el Estado tampoco informó, respecto de cada sobreviviente, el centro específico de detención, la autoridad responsable de su custodia, su situación jurídica, las actas de detención o los autos de prisión provisional que justificaran legalmente la privación de libertad. Igualmente, omitió aportar registros de visitas y llamadas que permitieran corroborar sus afirmaciones sobre el contacto con los familiares.

La ausencia de documentación verificable, unida a las contradicciones detectadas, impide considerar esclarecida la suerte y el paradero de las personas involucradas y justifica que el Comité mantenga abiertas las Acciones Urgentes.

Contexto del caso

En marzo de 2026, Cubalex presentó solicitudes de Acción Urgente ante el Comité contra la Desaparición Forzada en favor de Conrado Galindo Sariol, Cristian Ernesto Acosta Guevara, Leordán Enrique Cruz Gómez, Amijail Sánchez González, Roberto Álvarez Ávila y José Manuel Rodríguez Castelló.

Las solicitudes fueron presentadas después de que familiares y representantes legales denunciaran que durante varios días intentaron obtener información sobre el paradero de los sobrevivientes mediante consultas a hospitales, unidades policiales y otras instituciones estatales, sin recibir confirmación oficial sobre su ubicación o estado de salud.

Entre los hechos documentados figura una llamada al Hospital Arnaldo Milián Castro, de Santa Clara, donde inicialmente se indicó que uno de los sobrevivientes podría encontrarse ingresado en terapia intensiva. Posteriormente, el propio hospital negó esa información y la comunicación fue interrumpida abruptamente, según la documentación presentada al Comité.

Requerimientos adicionales según cada caso

En sus comentarios, Cubalex solicitó al Comité requerir información adicional al Estado cubano sobre situaciones específicas.

Respecto de Conrado Galindo Sariol (AU 2240), pidió que el Estado explique la negativa denunciada a recibir el hábeas corpus que su hermana intentó presentar el 27 de febrero de 2026, identifique a las personas funcionarias involucradas e informe sobre las investigaciones realizadas. Asimismo, solicitó que aporte el registro de entrada, número de expediente, actuaciones, decisión y constancia de notificación de la queja presentada el 3 de marzo de 2026 ante el presidente del Tribunal Supremo Popular.

En el caso de Leordán Enrique Cruz Gómez (AU 2242), Cubalex requirió que el Estado aporte la resolución que hubiera declarado reservado el expediente, si existe; informe sobre las medidas adoptadas para garantizarle asistencia letrada efectiva; entregue la documentación médica relacionada con las intervenciones quirúrgicas, rehabilitación y tratamiento pendiente; facilite una evaluación médica actual sobre su estado físico y mental; remita la documentación relativa a su aislamiento en prisión; e informe sobre las investigaciones iniciadas tras las denuncias de denegación de atención médica y amenazas formuladas el 9 de julio de 2026, así como las medidas adoptadas para protegerlo frente a posibles represalias.

La organización también aclaró que José Manuel Rodríguez Castelló no forma parte de las Acciones Urgentes, aunque fue mencionado porque el propio Estado lo incluyó en su información adicional al referirse a su supuesto traslado al Combinado del Este.

Finalmente, Cubalex reiteró al Comité su disposición a continuar cooperando con el mecanismo, aportar información adicional cuando resulte necesaria y acompañar a las víctimas y sus familiares en la búsqueda de la verdad, la protección de sus derechos y la prevención de represalias.

*Luego falleció una quinta persona, identificada como Roberto Álvarez Ávila, ciudadano cubanoamericano.

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