Tragedia militar en Melones: la opacidad estatal y la quiebra del deber de custodia

El 7 de enero de 2025, una explosión sacudió un almacén de armas y municiones pertenecientes a las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR) en la localidad de Melones, municipio Rafael Freyre, Holguín. El siniestro causó la muerte de 13 militares: cuatro oficiales y nueve jóvenes soldados que cumplían el Servicio Militar Activo (SMA) obligatorio. Ocho días después de los hechos, el Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR) concluyó su investigación. Mediante una nota oficial, las autoridades atribuyeron la tragedia a un fallo eléctrico y declararon el área inaccesible. Además, se declaró el fin de la búsqueda de los fallecidos y se procedió a realizar honras fúnebres póstumas sin recuperar un solo cuerpo.

La semana anterior, más de un año después del fatal siniestro, varios familiares de las víctimas revelaron que un grupo de jóvenes civiles ingresó sin equipamiento especializado al área siniestrada para buscar chatarra y material militar, descubriendo múltiples cadáveres en estado de descomposición en los túneles abandonados.

Tras la difusión del hallazgo, representantes de las FAR visitaron las viviendas de algunas de las familias para confirmar la presencia de restos humanos, manteniéndolas desde entonces en un estado de desinformación e incertidumbre absoluta. De forma paralela, los civiles que hallaron los cuerpos fueron arrestados por la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) y permanecen recluidos, sin que hasta la fecha se conozca su identidad o número de detenidos.

El SMA en Cuba y los estándares internacionales de derechos humanos

    En el artículo 65 de la Constitución de la República de Cuba se reconoce la obligatoriedad de cumplir con el SMA, lo cual se complementa por lo dispuesto en la Ley de la Defensa Nacional y otras disposiciones normativas vinculadas. Por ende, desde el momento en que el Estado cubano recluta obligatoriamente a jóvenes asume una posición de garante reforzada. Esta impone a las autoridades la obligación de velar por la vida, integridad física y seguridad de quienes se encuentren en su custodia. La ocurrencia de un siniestro en una instalación militar sumada a la falta de protocolos de seguridad laboral y de evacuación constituye una quiebra directa del deber estatal de protección.

    El Protocolo de Minnesota (2016) de la Organización de las Naciones Unidas es el estándar internacional aplicable para investigar muertes en las que se sospeche la responsabilidad o negligencia del Estado, o cuando el fallecimiento ocurra bajo la custodia de sus agentes. El caso de Melones activa la aplicación ineludible de este instrumento por dos causales objetivas. La primera es que las víctimas eran personas privadas de su libertad ambulatoria al amparo de un régimen militar obligatorio. La segunda es que existe una presunta negligencia estatal por omisión en el deber de prevenir la pérdida de vidas y en la negativa a rescatar los restos mortales.

    Además, en dicho protocolo se exige que la entidad investigadora sea institucional y jerárquicamente independiente de los órganos implicados en los hechos. Sin embargo, en este caso la investigación se asumió por una comisión del MINFAR. El mismo órgano estatal sospechoso de negligencia determinó las causas del accidente y la terminación de la búsqueda, lo que constituye una flagrante violación del principio de imparcialidad y consagra la impunidad estructural.

    De igual forma, las autoridades declararon el sitio de la tragedia como inaccesible a tan solo ocho días de las explosiones. La entrada posterior de jóvenes civiles desarmados y sin equipamiento de protección, quienes localizaron los cuerpos sin mayor complejidad técnica, desmonta la versión oficial del MINFAR y evidencia una omisión deliberada en el deber de socorro y recuperación. Las autoridades abandonaron los restos biológicos durante más de 18 meses, vulnerándose la exhaustividad propia de las investigaciones forenses. Paralelamente, violaron su obligación de ser transparentes y facilitar el acceso a la información por los familiares de las víctimas.

    La criminalización posterior a los hechos y los patrones represivos del Estado cubano

      El arresto e incomunicación de los jóvenes que descubrieron los cadáveres en los túneles constituye un patrón de criminalización de la evidencia, lo cual se constata en dos aspectos fundamentales. En primer lugar, su detención es arbitraria. La privación de libertad de estos ciudadanos por las fuerzas policiales sin notificación pública de cargos, acceso a abogados de libre elección ni control judicial de la detención, vulnera el derecho al debido proceso consagrado en los artículos 94 y 95 de la Constitución cubana y varios instrumentos jurídicos internacionales. En segundo lugar, su detención forma parte de un patrón represivo del testimonio. El encarcelamiento de los halladores pretende disuadir la difusión de información que desmiente el discurso oficial, operando como un mecanismo de censura para silenciar a los testigos de la negligencia estatal.

      De ahí que el análisis exhaustivo del caso evidencia un patrón sistemático de vulneraciones jurídicas en múltiples dimensiones por el Estado cubano. En cuanto a la protección a los reclutas, existió un claro incumplimiento del deber de custodia y de la garantía del derecho a la vida en entornos de alto riesgo, lo que contraviene los artículos 51 y 65 de la Constitución cubana, así como la Convención sobre los Derechos del Niño, tratado internacional ratificado por Cuba el 21 de agosto de 1991.

      También la labor de búsqueda y rescate se caracterizó por el abandono prematuro de los restos materiales y humanos, en abierta transgresión del deber de debida diligencia inherente al derecho a la vida, así como por negarle información transparente, objetiva y oportuna a los familiares de las víctimas. Finalmente, la situación de los civiles que descubrieron la escena derivó en su encarcelamiento, vulnerando de manera directa la prohibición de la detención arbitraria y las garantías esenciales del debido proceso. 

      La actuación del Estado cubano respecto a la tragedia militar de Melones evidencia un patrón sistemático de opacidad, negligencia y vulneración de los derechos humanos de sus ciudadanos, agravado por la condición de desprotección en que se encuentran los jóvenes incorporados al SMA.

      Por ello, desde Cubalex demandamos la apertura de un proceso independiente e imparcial de auditoría e investigación penal y civil que permita determinar las responsabilidades penales y administrativas de la cadena de mando del MINFAR tanto en la explosión como en el posterior abandono de las labores de búsqueda, así como la intervención inmediata de equipos forenses civiles independientes que, mediante la aplicación rigurosa del Protocolo de Minnesota, garanticen la exhumación, identificación genética mediante ADN y entrega digna de los restos a sus familiares. 

      Asimismo, debe cesar toda forma de violencia institucional contra las familias de las víctimas, garantizándoles el derecho a la verdad, el acceso pleno a los expedientes de investigación y una reparación integral, al tiempo que se exige la liberación inmediata de los civiles detenidos y el cese de la persecución penal contra los jóvenes arrestados por ingresar a la zona del siniestro. Finalmente, resulta necesaria una revisión urgente de la legislación militar cubana orientada a abolir el servicio militar obligatorio y poner fin al reclutamiento forzoso de jóvenes, con el propósito de impedir que continúen siendo expuestos a condiciones de alto riesgo sin las garantías mínimas de protección.

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