Respuesta a: Pregunta 3: Suspensión de derechos humanos

R-1: Considero que la situación epidemiológica que presenta no solo Cuba, sino el mundo entero, si ameritaba la declaración de un estado de emergencia o de excepción. La COVID-19, es un virus mortal, por tanto la seguridad de la vida humana estaba y aún está en peligro, y es el derecho más preciado que debemos garantizar. Si analizamos los ejemplos de situaciones recibidos en los talleres, donde expusieron cuáles eran los casos en que se podía adoptar un estado de emergencia, esta situación yo la ubicaría como desastre natural o graves amenazas al orden público o ambas. Aunque según desde el punto de vista que lo analicemos está relacionado con la mayoría de los ejemplos, porque esta crisis ha traído consigo problemas económicos más que todo, disturbios internos, etc. Debemos analizar que en este caso, la vida humana de toda la nación estaba en peligro y no solo una parte de ella, es una situación eminente que requiere de medidas de igual magnitud. R-2: Con respecto a los requisitos que exige el derecho internacional para declarar un estado de emergencia o de excepción no fueron cumplidos del todo, específicamente el de notificar a la comunidad internacional y los otros Estados las medidas específicas que se iban a tomar y cuáles serían los derechos que se suspenderían.
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