Respuesta a: Pregunta 2: Restricciones a los derechos humanos

1_ No cereo que el diferendo político con los Estados Unidos represente un peligro que amenace la seguridad nacional, por lo que no puede servir de justificación para derogar las normas internacionales de los derechos humanos, ya que no pone en situación de peligro la soberanía, la integridad o la vida de la nación. No hay una declaración de guerra ni amenaza de intervención militar formal que justifique la eliminación de las garantías y los derechos civiles.  2_ Sí, un Estado puede alegar cuestiones de soberanía o razones de orden público -siempre que sea justificada- para aplicar restricciones a los derechos humanos, pero sólo a algunos de ellos. Derechos fundamentales o absolutos como el derecho a la vida, a no ser torturados ni sometidos a tratos crueles, el derecho a no ser sometidos a esclavitud ni a servidumbre, entre otros, no admiten restricción alguna. Los derechos que pueden ser restringidos y los que no, quedan especificados en los tratados internacionales que recogen esos derechos.
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