4to Caso
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25/10/2022 a las 3:40 PM #9057
Cubalex
SuperadministradorCon la entrada en vigor de la Ley del Proceso de Amparo de los Derechos Constitucionales, varios ciudadanos han presentado demanda a fin de obtener en dicha jurisdicción la correspondiente tutela jurídica a los derechos que les han sido vulnerados.
En algunos casos el tribunal de primera instancia ha respondido que no es la jurisdicción correspondiente, argumentando que la vía correcta es aquella donde precisamente se ha vulnerado el derecho que se reclama, actuar que evidencia una interpretación contraria a lo establecido en el articulo 2 de la ley y que no favorece a la persona ni el respeto a la dignidad humana, y en otros ni siquiera ha respondido en el término establecido en dicha ley, haciendo caso omiso e intencional a la obligación de adoptar una actuación urgente y preferente que evite la posible irreparabilidad de la violación, el daño causado y la situación de vulnerabilidad de la persona que ha resultado victima.
Además de negar la protección del derecho violado, en algunos casos el tribunal de primera instancia también ha impuesto a las víctimas la obligación de agotar procedimientos no establecidos en dicha ley para poder dirigirse ante un tribunal superior.
A partir de los hechos narrados responda:
- ¿El proceso de amparo cumple los requisitos para ser considerado un recurso adecuado?.Argumente su respuesta.
- ¿A partir de lo observado en la práctica se podría calificar el proceso de amparo como recurso ilusorio? Argumente su respuesta.
- ¿Basado en el actuar de los jueces, las víctimas podrían acudir a la jurisdicción internacional o están obligadas a agotar todos los recursos de la legislación interna?
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