fbpx
jueves, junio 8, 2023

Pregunta 1: Principios de derechos humanos

Etiquetado: 

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 17)
  • Autor
    Entradas
  • #5324
    Cubalex
    Superadministrador

    El 8 de junio de 2020, un grupo integrado por 64 personas presentaron ante la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba, el Consejo de Estado, el Tribunal Supremo, la Fiscalía General y el presidente de la República, un recurso para solicitar la declaración de inconstitucionalidad del Decreto Ley 370 (DL) y sus normas complementarias. 

    El grupo alegó que el DL-370/19 imponía restricciones al ejercicio de derechos fundamentales, como la participación política, la libertad de expresión, la privacidad y el derecho de asociación, porque sancionaba la difusión de información en redes sociales, consideradas contrarias al “interés social”, “la moral” y “las buenas costumbres”, categorías que no definen la conducta ilícita e inhiben el debate en el ámbito público y político. 

    Agregaron que la libertad de expresión constituía una piedra angular de las sociedades democráticas y una base para el ejercicio de otros derechos humanos, por tanto, su restricción ilegítima también constituye una limitación al ejercicio de otros derechos humanos, tales como libertad de reunión y de asociación, libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, participación en la dirección de los asuntos públicos y ejercicio del derecho de voto. Afirmaron además que esa restricción violaba lo dispuesto en los artículos 40, 41, 47, 54 y 228 de la Constitución de la República de Cuba.

    Lea los artículos de la Constitución que mencionó el grupo y responda a las siguientes preguntas: 

    • Identifique qué principios de derechos humanos estaría violando el Estado según el grupo. 
    • Explique en qué forma se viola el principio de derechos humanos que identifique. 
    • ¿Considera que la imposición de restricciones del decreto son inadmisibles? ¿Por qué?  
    • ¿Considera que las vigencia y aplicación del DL-370 suponen un retroceso en el goce y disfrute de los derechos constitucionales? ¿Por qué?

     

    #6187
    Iván René
    Participante

    Según lo que expresa el texto constitucional, con la implementación de esta ley se violan casi todos los principios, ya que se expresa, por ejemplo, en el artículo 41 que se garantizará y respetará el cumplimiento PARA TODOS (universalidad). Y en la práctica esto no es así, pues sabemos que el propio texto de la carta magna especifica en múltiples ocasiones que es solo aplicable para la sociedad SOCIALISTA. Quiere decir que solo cumplirá con estos principios siempre y cuando la población se defina en consonancia con la ideología socialista, discriminando al resto de la sociedad cubana que no comulga con el ideal socialista.

    Por ello, yo considero que la imposición arbitraria de este decreto vulnera los derechos humanos de las personas que no comulgan con el ideal socialista que impone constitucionalmente el gobierno en el poder; porque incumple el principio de No Discriminación, y de paso el principio de Igualdad. Quiere decir que para el Estado solo valen las personas que defienden su posición política, y el resto que se le opone no es tomado en cuenta y se les margina, insulta y violenta.

    #6188
    Mary Karla
    Participante

    R-1 Los principios básicos violados en el DL370 son como primero la no discriminación, que esta estrechamente relacionado con la universalidad, basado en la dignidad humana, tal como dicta el art 40, 41, 47, 54, y 228 de la Constitución de la República de Cuba, donde se refleja la dignidad humana, el goce de los Derechos Humanos, libre desarrollo de la personalidad, libertad de pensamiento y expresión y derecho a votar siempre que se realice cualquier modificación en la Constitución.
    R-2 El DL370 Viola estos principios básicos , porque aquí el gobierno establece un alto control sobre internet, no permite una crítica o insulto al gobierno, sobre todo cuando nos estamos expresando con libertad, impone restricciones al ejercicio de derechos fundamentales como la privacidad y el derecho de asociación, por tanto los conceptos de este artículo no son objetivos ni jurídicos y es contrario al tratado internacional ratificado por el estado.
    R-3 La imposición de restricciones del DL370 son inadmisibles xq son contrarias al derecho a la privacidad y protección de datos personales y al ejercicio de libertad de expresión.
    R-4 El DL370 si supone un retroceso y disfrute de los Derechos Humanos, porque el gobierno a través de esta restringe acceso y publicación de contenidos de internet y posee un efecto amedrentador en la dimensión colectiva en los derechos de libertad de expresión y reunión, violandose por tanto el principio de no discriminación.

    #6189
    Iván René
    Participante

    Considero que la aplicación de este decreto ley 370 (DL-370) contradice el Principio de Progresividad de los DD.HH porque lejos de crear satisfacción en las personas y estar en consonancia con el desarrollo de nuevas tecnologías en favor de la evolución humana, frena en sí mismo la transparencia y la legitimidad de una verdadera democracia participativa. Este DL-370 es la evidencia de lo que es capaz de hacer una dictadura por afianzarse al poder político, lo que es una violación flagrante al desarrollo de una sociedad libre y justa.

    #6190
    Iván René
    Participante

    Exactamente. A eso me refería en mi respuesta. Casi todos los principios son de una forma u otra vulnerados; y precisamente eso ocurre debido al principio de INTERDEPENDENCIA de los DD.HH. Con tan solo un derecho que se vulnere se pone en riesgo a los demás, y eso se percibe con la implantación de este DL-370. Cuando se le prohíbe a una persona reflejar en las redes sociales lo que considera es algo malo o injusto que realiza el gobierno, porque con una cámara de teléfono trata de captar una situación específica de crisis, etc., se vulnera el derecho a la libertad de prensa, porque considero que no es imprescindible ser PERIODISTA como profesión, para que se le vulnere a una persona ese derecho. Y ahí está el papel de los activistas de DD:HH que es desconocido por el gobierno.

    Claro, para la dictadura es más fácil decir que la persona que realiza el ejercicio de este derecho es un traidor, un vendepatria, o un mercenario, a tener que reconocer que está vulnerando los derechos de los defensores de DD.HH.

    #6198
    Ahmed
    Participante

    Exactamente, el decreto ley 370 va incluso contra la propia constitucion. Es una evidencia de lo que hace la dictadura cubana en detrimento de los derechos individuales de los cubanos y de como manipula las leyes según su conveniencia. Este tema es muy delicado ya que esta socavando la democracia y el libre derecho a la libertad de expresión y pensamiento, derechos estos que son absolutos y no pueden ser restringidos bajo ninguna circunstancia. Cada multa o sanción, cualquiera que está sea, va en contra de años de lucha por los derechos humanos y va en contra de las leyes del derecho internacional.

    #6199
    Ahmed
    Participante

    En efecto, es una violencia general contra los derechos de las personas. Además de dejar demostrado la violación de nuestra privacidad. Considero que estas violaciones solo dan la idea de las cosas que hace la dictadura violando cualquier derecho por elemental que este sea solo por mantener un orden social y político perpetuado por una cúpula privilegiada que va en franca discriminación contra aquellos que tenemos otras ideas y tenemos el derechos a participar y participar en la vida pública de nuestra nación.

    #6202
    Kirenia
    Participante

    R-1: Principios violados: considero que si tenemos en cuenta que no se puede violentar un derecho sin afectar al resto, y que todos son importantes entre sí, que no existe un derecho más importante que otro y que los principios se aplican a todos los derechos por igual; entonces podríamos decir que de alguna forma u otra todos los principios han sido violentados. No obstante mencionaré aquellos que considero más evidentes o que más relación tienen con el DL-370. La interdependencia (porque el avance de un derecho promueve el avance de los demás, mientras que la privación de uno pone en riesgo a otros), principio de exigibilidad (porque a pesar de que existan mecanismos internos en la isla que en vez de proteger nuestros derechos lo violentan, esto no exonera al Estado de que nuestros derechos sean reconocidos por este), el principio de progresividad, igualdad y no discriminación que el régimen cubano menciona muy bonito en el artículo 41 de la Carta Magna y que a través de este DL-370 violenta con todo cinismo. Incluso reconocen en el artículo 42 de la Constitución que la violación del principio de igualdad está proscrita y es sancionada por la ley, sin embargo ellos mismos la violan con mucha facilidad y nadie los sanciona por ello.
    R-2: Ya lo fui explicando en la medida que los mencionaba.
    R-3: Son inadmisibles porque van en contra de nuestros derechos humanos, porque los violentan una y otra vez. Porque además fue un decreto ley que no fue consultado con la masa, ni llevado a votación como lo harían en los países donde existe una verdadera democracia.
    R-4: Por supuesto que es un atraso, no solo porque va en contra de los derechos humanos de libertad de expresión, asociación, ideas políticas, etc; sino porque la tecnología en todo el mundo es usada además para denunciar y dar a conocer las sinnúmeros de injusticias que cometen los presidentes y gobernantes en todos los países del mundo. Por que además solo la desean utilizar para sus intereses como el espionaje a nosotros los activistas y defensores de DD.HH, porque el régimen si puede utilizar estos medios para controlarnos y tener acceso a información personal y laboral (sobre todo el activismo que realizamos dentro de la isla), sin embargo esto no lo ven como un delito o violación a nuestros derechos.

    #6203
    Kirenia
    Participante

    Considero muy importante que sepamos analizar de que forma cada ley en Cuba atenta contra los principios de los derechos humanos, porque tenemos claro que los violentan pero no siempre sabemos explicar y aterrizar en la práctica (teniendo en cuenta los principios analizados anteriormente) de que forma esto ocurre. Y evidentemente cuando analizamos a mayor profundidad el DL-370 podemos observar que es mucho más complejo de lo que pensamos, en cuanto a violación de DD.HH estamos hablando.

    #6210
    Pedro Victor
    Participante

    Yo considero que este decreto está violando el principio de in-reversibilidad ya que lo que reconoce la constitución en sus artículos en los que expresa que reconoce que el estado garantiza y promueve la libertad de pensamiento y de determinación y que nadie podrá ser molestado por ejercer sus derechos a tener una ideología, posición política, credo y demás libertades lo regula en este artículo que para mí es una legalización de la censura, también afecta la obligatoriedad de alguna manera, la continuación los reconoce quizás por su carácter obligatorio pero lo restringe, esto a su vez afecta el carácter universal de los DDHH porque estos mismos derecho que dice reconocer la Constitución te son retirados una vez que vas en contra de los principios revolucionarios, o sea le ponen límites nada más y nada menos que a la libertad.
    Creo que es inadmisible la imposición de este decreto poque viola más de uno de los principios de los derechos humanos, esta vez me refiero a su carácter progresivo que plantea que una vez alcanzado uno o varios derechos no se nos pueden privar de ellos ( solo restringir algunos de ellos en situaciones de excepción). También resultar que los derechos humanos no son negociables ni se pueden renunciar a ellos, con esto digo que el hecho de que se haya sometido a votación el proyecto constitucional y este aprobado por mayoría esto no puede ser un argumento para la aplicación de este decreto.
    Considero que es un retroceso en las garantías de los derechos constitucionales porqué ponen condiciones a los derechos, no da margen para disidentes, los derechos no se pueden condicionar poque nos pertenecen, solo se condiciona cuando los usamos excesivamente y afectamos los derechos de los demás ” la libertad de mover tus manos libremente termina donde empieza mi cara”

    Nota: en Cuba solo intentamos ejercer el derecho de libertad se expresión y difusión solo los disidentes, los que están a favor del sistema o simplemente les da igual no lo ejercen solo van con a favor de la corriente así que en mi opinión, estos derechos que la nueva construcción reconoce son nulos, solo están aquí para cumplir con los estándares internacionales por si carácter obligatorio y para vender su linda historia de democracia y respeto por las las libertades fundamentales.

    #6964
    Yunior
    Participante

    Tendríamos que recurrir a él pasado en la historia, se debe tener en cuenta de que en Cuba no existía el internet y que es algo que llegó para ser muy incómodo para el régimen cubano quién no tuvo otra opción que permitir el uso masivo de internet para dar una imagen al mundo de la”existencia” de estos algo que se les fue de las manos pero tenían que asumir el riesgo derechos, él decreto 370 viola todo principio en materia de Derechos Humanos, esto no solo deja ver él cinismo con que ellos violentan su propia constitución sino que deja sin efecto todos los principios de progresividad de los derechos asumiendo que cuando se deja de cumplir con uno esto afecta a todos los demás, claramente los artículos 40, 41, 47, 54 y 228 dejan de existir cuando se aplica este decreto.

    #7054
    Laritza
    Participante

    Excelente los comentarios, el decreto 370/19 es una norma legal que establece restricciones indamisibles en el derecho internacional de los derechos humanos, porque no es necesaria en una sociedad democrática.

    #7116
    Oscar Antonio
    Participante

    Respuesta 1, Según el grupo y según lo aprendido en estas clases, el estado cubano con la aplicación del nefasto decreto ley 370 que daña la libertad de expresión y de prensa entre otras libertades, ha violado los principios de interdependencia de los derechos humanos, también los principio de inalienabilidad e irrenunciabilidad.

    #7117
    Oscar Antonio
    Participante

    Respuesta 2, El mismo enunciado que escribió el grupo que pide declarar inconstitucional el decreto Ley 370 explica el principio de interdependencia de los derechos humanos pues al violarse el derecho a la libre expresión, se están violando varios otros derechos como el derecho a la participación política y el derecho que tenemos los humanos de asociarnos, libertad está última a la cual la dictadura le tiene pánico y se esfuerza en mantener fragmentada a la sociedad.

    #7118
    Oscar Antonio
    Participante

    Yunior y demás amigos. A pesar de que el objetivo del régimen cubano al imponer el decreto ley 370 es generar autocensura, miedo y violar nuestro derecho a expresarnos libremente y asociarnos, Internet llegó para quedarse y potenciar esa libertad de expresión entre los cubanos. Internet está catalizando los cambios en la sociedad cubana y por ejemplo los cubanos debaten en grupos de WhatsApp, cómo hacemos nosotros, en grupos de Telegram, de Signal y hasta públicamente en facebook y otras redes sociales. Las protestas pacíficas que están ocurriendo en nuestro país se coordinan mediante varías aplicaciones de internet. Ya es imposible callarnos. Eso es una buena noticia

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 17)
  • Debes estar registrado para responder a este debate.