Entre 2022 y febrero de 2025, Cubalex ha documentado al menos 225 acciones represivas contra personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial. A través del monitoreo constante, Cubalex revela un patrón de represión institucional, abandono estructural y desprotección que pone en riesgo la vida, la salud mental y la dignidad de esta población extremadamente vulnerable.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
192° Período de Sesiones
Audiencia Temática: Derechos de las Personas Privadas de la Libertad con Discapacidad Psicosocial
Organización: Cubalex
Fecha: 3 de marzo de 2025
Este informe fue presentado en el marco de la Audiencia Temática sobre los derechos de las personas privadas de la libertad con discapacidad psicosocial en Cuba, celebrada el 3 de marzo de 2025, durante el 192° Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La audiencia contó con la participación de Laritza Diversent, directora ejecutiva de Cubalex, y Giselle Morfi, jefa del equipo legal, quienes expusieron la alarmante crisis de derechos humanos que afecta a esta población en el sistema penitenciario cubano.
El objetivo de este informe es entregar a la CIDH información actualizada y por escrito sobre las violaciones sistemáticas que sufren las personas con discapacidad psicosocial en las prisiones de Cuba, incluyendo la falta de atención médica, el uso del aislamiento como castigo, la sobrepoblación carcelaria y la violencia institucional. Basado en fuentes oficiales, testimonios de víctimas y documentación de organismos internacionales, el informe demuestra cómo el Estado cubano incumple sus propias obligaciones legales y perpetúa un sistema de represión y negligencia que pone en riesgo la vida de los reclusos y las reclusas más vulnerables.
Introducción
El sistema penitenciario cubano atraviesa una crisis estructural que impacta de manera desproporcionada a las personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial. Estas personas enfrentan condiciones degradantes, negligencia médica, violencia física y psicológica, aislamiento prolongado y la negación sistemática de derechos fundamentales. Estas violaciones no solo vulneran las normas internacionales de derechos humanos, sino también el propio marco jurídico cubano, que establece obligaciones específicas para proteger la salud mental de los reclusos y garantizar su integridad.
Entre 2022 y el 28 de febrero de 2025, Cubalex ha documentado al menos 255 actos de represión contra personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial, de los cuales 79 corresponden a la negación o deficiente atención médica, 47 a hechos de violencia física o psicológica y 22 al uso de celdas de castigo como método de sanción y control. Estas prácticas han derivado en un alarmante aumento de suicidios con al menos 11 documentados, reflejando el grado extremo de desesperación, abandono y vulnerabilidad al que son sometidas estas personas.
Este informe expone las violaciones sistemáticas que enfrentan las personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial en Cuba, evidenciando cómo las autoridades cubanas incumplen sus propias leyes y agravan intencionalmente las condiciones de vida de esta población vulnerable. Además, pone de relieve la falta de transparencia estatal y la urgente necesidad de reformas estructurales para garantizar condiciones mínimas de dignidad, protección efectiva y acceso a atención médica integral, especialmente para quienes padecen enfermedades psiquiátricas y permanecen expuestos a un riesgo constante de violencia, agravamiento de su salud mental y muerte.
Metodología
Para la elaboración de este informe se utilizaron fuentes oficiales, académicas y testimoniales, contrastando la información divulgada por el Estado cubano con hallazgos científicos, informes de organismos internacionales y denuncias de organizaciones de derechos humanos. Entre las fuentes consultadas se incluyen documentos del Comité contra la Tortura de Naciones Unidas (CAT), datos de la Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI) y estudios especializados sobre los efectos del encarcelamiento en la salud mental.
Ante la falta de información oficial detallada y actualizada sobre la atención psiquiátrica y las condiciones de los internos con discapacidad psicosocial, fue necesario recurrir a fuentes alternativas, como los registros de monitoreo de Cubalex, sustentados en testimonios directos de familiares, víctimas y ex reclusos, así como el análisis sistemático de denuncias públicas difundidas en redes sociales y medios independientes.
La integración de estas fuentes permitió identificar patrones represivos, documentar casos emblemáticos y exponer la sistemática violación de derechos humanos dentro del sistema penitenciario cubano, con especial énfasis en el impacto que estas prácticas tienen sobre la salud mental y la vida de las personas con discapacidad psicosocial privadas de libertad.
Contexto Carcelario y la Salud Mental de las Personas Privadas de Libertad
Las personas privadas de libertad en Cuba experimentan condiciones extremadamente adversas, incluyendo violencia, negligencia médica, y falta de atención especializada, lo que ha llevado a intentos de suicidio y deterioro de la salud. Enfermedades como la hipertensión y la tuberculosis no reciben seguimiento adecuado.
Los guardias usan la violencia como control y los reclusos con discapacidad psicosocial son especialmente vulnerables al abuso. El aislamiento, la suspensión de llamadas y los traslados a prisiones lejanas se utilizan como castigo, afectando el bienestar psicológico y limitando el acceso a apoyo legal y social. El confinamiento en celdas de castigo constituye tortura psicológica. Las condiciones de vida, incluyendo hacinamiento, falta de higiene, alimentación deficiente y ausencia de actividades educativas o recreativas, agravan la crisis humanitaria y el deterioro de la salud mental de los reclusos.
Las condiciones carcelarias documentadas por Cubalex muestran un panorama devastador para la salud mental de las personas privadas de libertad en Cuba. La combinación de hacinamiento, violencia sistemática, falta de atención médica, aislamiento prolongado y la restricción del contacto con sus seres queridos genera un deterioro psíquico que puede llevar a la adquisición de discapacidades psicosociales permanentes.
El encarcelamiento prolongado en condiciones inhumanas, caracterizado por el aislamiento, la violencia y la falta de atención médica, tiene graves consecuencias para la salud mental de los reclusos en Cuba. Los estudios muestran que estas condiciones pueden inducir nuevos trastornos mentales en individuos sin antecedentes psiquiátricos, así como agravar los existentes. Los efectos psicológicos, incluyendo ansiedad, paranoia, depresión y trastorno de estrés postraumático, son comparables a los de la tortura. El aumento de intentos de suicidio y autolesiones, junto con la negación deliberada de medicación, agravan aún más la situación. A largo plazo, esto puede resultar en una “discapacidad psicosocial adquirida”, lo que dificulta la reintegración a la sociedad.
El encarcelamiento en Cuba provoca graves daños psicológicos tanto en los reclusos como en sus familias, generando altos niveles de estrés emocional, ansiedad, depresión y otros trastornos asociados a la incertidumbre, la violencia y la separación prolongada. La falta de rehabilitación y la desocialización extrema impiden la reintegración en la sociedad, pudiendo perpetuar un ciclo de reincidencia. Además, la criminalización de la enfermedad mental y la falta de apoyo estatal para los exreclusos aumentan la inseguridad y reducen sus posibilidades de empleo y vivienda. Es urgente implementar reformas que incluyan supervisión independiente, prohibición del aislamiento prolongado y mejora en el acceso a atención psiquiátrica y programas de rehabilitación.
Marco legal para la protección de las personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial y acceso a salud mental
El marco legal cubano, conformado por el Código Penal, la Ley del Proceso Penal (Ley No. 143/2021), la Ley de Ejecución Penal y su reglamento, establece obligaciones específicas para proteger y garantizar la atención de las personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial. Estas disposiciones prevén medidas como el ingreso en instituciones psiquiátricas o tratamientos ambulatorios para quienes padezcan trastornos mentales, así como la prohibición de mantener en prisión a personas con discapacidades mentales graves. Además, contemplan la obligación de realizar exámenes psiquiátricos a los acusados que presenten signos de enfermedad mental o adicciones, y aseguran derechos básicos como recibir atención médica especializada, ser trasladados fuera de prisiones comunes si su salud lo requiere, contar con defensa legal y obtener informes médicos periódicos.
Sin embargo, la aplicación efectiva de estas garantías es prácticamente inexistente. Aunque el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio del Interior son responsables de garantizar la atención y supervisión de estas personas, en la práctica prevalecen la falta de transparencia y la ausencia de supervisión real sobre su tratamiento y ubicación, lo que incrementa los riesgos de negligencia y abuso.
El Comité contra la Tortura (CAT) ha advertido de manera reiterada que Cuba carece de un mecanismo independiente para supervisar las condiciones penitenciarias, lo que impide que los reclusos puedan denunciar abusos de manera segura y efectiva. La mayoría de las denuncias son desestimadas sin justificación, y no existen protocolos para proteger a personas con enfermedades mentales, quienes frecuentemente son sometidas a aislamiento en lugar de recibir atención especializada. Pese a las recomendaciones internacionales, Cuba no ha adoptado medidas concretas para remediar estas deficiencias, lo que refleja una falta de voluntad política, deficiencias normativas y ausencia de rendición de cuentas, perpetuando así un entorno propicio para la continuidad de los abusos.
Evolución de las Condiciones en Prisión en Cuba (1996 – Actualidad)
Las condiciones carcelarias en Cuba han mostrado una evolución marcada por la falta de transparencia, la persistencia de violaciones de derechos humanos y la ausencia de mejoras estructurales significativas, especialmente para grupos vulnerables como personas con discapacidad psicosocial y mujeres.
–1996 – 2010: El primer informe de Cuba (1996) ante el Comité contra la Tortura careció de transparencia sobre el número de reclusos y la capacidad de las cárceles, con denuncias de malos tratos y falta de datos sobre salud y alimentación en prisión. El segundo informe (2010), entregado con retraso, mostró un aumento en la población carcelaria, denuncias de maltrato y una infraestructura penitenciaria en deterioro.
–2011 – 2016: Se implementaron reformas penitenciarias y excarcelaciones, con indultos en 2011 y 2015-2016, y medidas alternativas a la prisión. Sin embargo, la infraestructura seguía en mal estado.
–2017 – 2021: La población penal aumentó, alcanzando las 90,000 personas en 2020, con una alta tasa de encarcelamiento. Persistieron los problemas de salud mental, maltrato y se documentaron casos de violencia en las cárceles.
–2022 – Actualidad: El tercer informe de Cuba (2022) identificó problemas de hacinamiento, falta de acceso a salud mental, restricciones en la supervisión independiente y problemas con la población encarcelada tras las protestas del 11J.
A pesar de algunas reformas, las condiciones en las prisiones cubanas han empeorado en términos de hacinamiento, violaciones de derechos humanos y falta de supervisión independiente. La población penal ha aumentado y la represión política ha agravado la crisis penitenciaria. La falta de transparencia impide evaluar con precisión el estado real del sistema penitenciario en Cuba.
Patrones Represivos
1- Condiciones de Vida en las Prisiones
Falta de atención médica especializada y el acceso limitado a medicamentos esenciales
El CAT ha señalado graves deficiencias en la atención médica en las prisiones cubanas, especialmente en salud mental, incluyendo la falta de acceso a diagnósticos adecuados, la negación de atención médica como represalia y la deficiencia en la provisión de medicamentos esenciales. A pesar de las afirmaciones del Estado cubano sobre la atención médica gratuita a los reclusos, el Comité ha observado falta de transparencia y ausencia de datos específicos sobre profesionales de salud mental, acceso a medicamentos y seguimiento de tratamientos. Además, el hacinamiento y las malas condiciones sanitarias en las cárceles agravan las enfermedades preexistentes y aumentan el riesgo de problemas de salud mental, incluyendo suicidios y autolesiones. El Comité también ha señalado la falta de datos sobre adaptaciones o protocolos para reclusos con discapacidad psicosocial.
Nuestro análisis revela una persistente falta de acceso a atención médica especializada en las prisiones cubanas, incluyendo servicios de salud mental y tratamiento psiquiátrico adecuado. Desde 1997, el Estado no ha proporcionado información sobre el número de profesionales de salud mental en prisiones y el Comité contra la Tortura ha expresado su preocupación por esta falta de acceso en 1997, 2012, 2019 y 2022. Además, se ha denunciado la denegación intencional de tratamiento médico a reclusos políticos y manifestantes del 11J. Las condiciones penitenciarias, incluyendo el hacinamiento extremo, la insalubridad y la falta de higiene, agravan los problemas de salud y contribuyen a la propagación de enfermedades. El Estado cubano ha evitado responder preguntas clave del Comité contra la Tortura sobre salud mental en prisión y no ha abordado estas preocupaciones en su informe de seguimiento de 2023.
Las personas con discapacidad psicosocial en las prisiones cubanas enfrentan una sistemática negación de atención médica especializada y un acceso limitado o inexistente a los medicamentos necesarios para mantener su estabilidad. En muchos casos, la responsabilidad de proveer estos tratamientos recae sobre los propios familiares, quienes deben gestionar y costear los fármacos esenciales, a pesar de que su suministro es una obligación del Estado cubano. No obstante, las autoridades penitenciarias no sólo incumplen este deber, sino que, de manera deliberada, retrasan o bloquean la entrega de los medicamentos como mecanismo de castigo y represalia, tanto por la posición política de la persona detenida como por las denuncias públicas y el activismo ejercido por sus allegados. Esta situación no agrava las condiciones de salud de las personas privadas de libertad y provoca descompensaciones severas, crisis psiquiátricas recurrentes y un incremento significativo del riesgo de autolesiones, conductas agresivas y suicidios.
Un caso representativo es el de Ismael Rodríguez González, prisionero del 11J, quien padece graves problemas psiquiátricos y lleva dos años sin recibir sus medicamentos en el Combinado del Este. Su estado ha empeorado hasta el punto de no reconocer a sus familiares, perder el control de sus funciones básicas y presentar signos de abandono extremo. De manera similar, Dayron Martín Rodríguez, también del 11J, sufre esquizofrenia y una úlcera estomacal, pero sólo recibe uno de los cinco medicamentos que necesita. Ha vomitado sangre sin recibir atención médica adecuada, mientras su familia intenta sin éxito gestionar su tratamiento en prisión. Otro caso alarmante es el de Carlos Camacho Ochoa, quien no está recibiendo los medicamentos necesarios para tratar su hipertensión y sus padecimientos psiquiátricos en la Prisión Provincial de Las Tunas. Además, Abel Lázaro Machado Conde, también prisionero del 11J, ha intentado suicidarse en múltiples ocasiones debido a la falta de atención médica y a las condiciones inhumanas en la prisión de Quivicán, en Mayabeque. A pesar de su diagnóstico de trastorno orgánico de la personalidad y antecedentes de intentos suicidas, no ha recibido el tratamiento psiquiátrico adecuado, lo que ha llevado a un deterioro significativo de su salud mental.
Sobrepoblación Carcelaria
El hacinamiento es una de las características estructurales más graves del sistema penitenciario cubano y ha sido señalado de forma reiterada por el CAT, debido a sus consecuencias directas sobre la salud y la dignidad de los reclusos. A pesar de que Cuba registra una de las tasas de encarcelamiento más altas del mundo, con un aumento de la población penal de 55.000 a 90.000 entre 2003 y 2020, el Estado niega sistemáticamente la existencia de hacinamiento y no ha implementado medidas efectivas para reducirlo, como el uso de sanciones alternativas. Las prisiones cubanas presentan celdas superpobladas, falta de ventilación, acceso limitado a agua potable y condiciones sanitarias precarias que agravan enfermedades y dificultan la atención médica. La situación es especialmente crítica en centros como la prisión de Las Mangas (Granma), donde hasta 600 internos comparten una sola nave; en Mar Verde (Santiago de Cuba), donde 35 mujeres disponen únicamente de tres baños; y en Kilo 9 (Camagüey), donde la escasez de alimentos y la falta de colchones obligan a los reclusos a dormir en el suelo, enfrentando desnutrición y condiciones inhumanas. A ello se suma la falta de transparencia del Estado cubano respecto al número total de reclusos y la capacidad real de las prisiones, así como la ausencia de supervisión independiente, lo que perpetúa las violaciones de derechos humanos y bloquea cualquier intento de reforma efectiva.
Este panorama se replica en otras prisiones del país. En la cárcel de mujeres La Bellotex, en Matanzas, la prisionera política del 11 de julio (11J) Sissi Abascal Zamora denunció la falta de agua, lo que dificulta la higiene personal y expone a las reclusas a graves riesgos de salud. Por su parte, en la prisión Melena Dos, en Mayabeque, la madre del preso político Manuel Velázquez Licea informó que los reclusos reciben solo una comida al día y las celdas están infestadas de chinches, lo que afecta severamente su salud y bienestar.
Carencia de Infraestructura Adecuada
El Estado cubano ha afirmado repetidamente que sus prisiones cumplen con los estándares internacionales, pero el CAT ha descubierto graves deficiencias, como la falta de instalaciones adecuadas para personas con discapacidad psicosocial, que a menudo son recluidas en celdas de aislamiento en condiciones inhumanas; deficiencias en la infraestructura de higiene y saneamiento, incluida la falta de acceso regular al agua potable y las condiciones insalubres de los baños; y el uso abusivo de celdas de aislamiento como castigo, en lugar de para fines médicos o psiquiátricos. El deterioro estructural de las cárceles, incluidos los derrumbes y los fallos estructurales, sigue poniendo en peligro la vida de los reclusos. A pesar de las inversiones declaradas de 82 millones de pesos entre 2011 y 2015 y 19 millones de pesos anuales entre 2016 y 2021, el Estado cubano no ha demostrado avances significativos en la mejora de la infraestructura penitenciaria. El CAT ha hecho varias recomendaciones, como la mejora de la infraestructura carcelaria, la creación de áreas especializadas para personas con discapacidad psicosocial y la garantía del acceso continuo al agua potable y a unas condiciones de saneamiento e higiene adecuadas. Sin embargo, Cuba no ha aplicado eficazmente estas recomendaciones, lo que perpetúa una crisis en el sistema penitenciario que viola las normas internacionales de derechos humanos.
2- Violencia Física y Psicológica
Falta de separación entre la población general y violencia por parte de otros reclusos
El CAT ha cuestionado reiteradamente a Cuba por la falta de información y protección a los reclusos con discapacidad psicosocial. A pesar de las solicitudes del CAT desde 1996, Cuba no ha proporcionado datos sobre el número de estos reclusos ni sobre las medidas adoptadas para protegerlos, lo que genera preocupación por posibles abusos y violencia.
La falta de medidas específicas de protección para los reclusos con discapacidad psicosocial aumenta su vulnerabilidad al abuso por parte de otros internos y del personal penitenciario. El Estado cubano no ha implementado las recomendaciones del CAT de separar a estos reclusos en instalaciones adecuadas. Esta falta de separación y protección expone a los reclusos con discapacidad psicosocial a violencia y abuso sin mecanismos de protección. Además, la ausencia de investigaciones oficiales sobre casos de abuso contra estos reclusos sugiere una falta de supervisión y control de la seguridad dentro del sistema penitenciario.
Cuba no ha cumplido con las recomendaciones del CAT para garantizar la protección de las personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial, lo que refleja una clara falta de voluntad política para atender esta problemática. El Estado no solo ha omitido proveer información actualizada y desglosada sobre esta población vulnerable, sino que tampoco ha desarrollado ni ejecutado políticas públicas eficaces orientadas a su protección y atención integral dentro del sistema penitenciario.
El Estado cubano ha mostrado una preocupante falta de transparencia y acción en relación a la violencia entre reclusos, especialmente desde su primer informe al CAT en 1996. A pesar de las repetidas solicitudes del Comité, Cuba no ha proporcionado datos concretos sobre agresiones físicas, abuso sexual o violencia verbal dentro de las prisiones, ni ha implementado protocolos específicos para proteger a los reclusos con discapacidad psicosocial, quienes son particularmente vulnerables a la violencia en prisión. Además, no ha establecido un sistema de denuncia independiente y seguro para que los reclusos reporten agresiones sin temor a represalias, por el contrario, sufren represalias por parte de las propias autoridades penitenciarias. Tampoco ha recopilado y publicado datos sobre la violencia que sufren los reclusos con discapacidad psicosocial. Aunque afirma que se presentan alrededor de 200 denuncias anuales por violencia entre reclusos, no proporciona detalles sobre las investigaciones o sanciones, y no hay evidencia de programas efectivos para prevenir la violencia, más allá de medidas de distanciamiento en casos de enemistad entre internos.
Cuba no ha implementado las recomendaciones del CAT para abordar la violencia en las prisiones, incluyendo la recopilación de datos y la protección de reclusos vulnerables. Esta falta de voluntad política perpetúa un ambiente de impunidad y violencia. Sin reformas estructurales, la violencia persistirá.
Las personas con discapacidad psicosocial no son separadas del resto de la población carcelaria, lo que las expone a abusos y agresiones constantes. Muchos de ellos sufren violencia de parte de otros internos, sin que las autoridades tomen medidas para protegerlos. Un caso emblemático es el de Eugenio Sierra Ortega, diagnosticado con esquizofrenia, quien ha sido atacado repetidamente por otros reclusos sin que las autoridades intervengan. En una ocasión, tras exigir sus medicamentos, fue esposado y obligado a bajar escaleras de manera forzada, resultando en heridas graves.
3- Violencia por parte del Personal Penitenciario
Aunque el Estado cubano sostiene que existen mecanismos para prevenir abusos y garantizar el respeto a la dignidad de los reclusos, el Comité contra la Tortura (CAT) ha documentado graves deficiencias en la supervisión penitenciaria, marcadas por la ausencia de un órgano independiente de monitoreo y una alarmante falta de transparencia. Persisten denuncias sobre el uso del aislamiento y la negación de atención médica como formas de castigo, prácticas que el Estado ha negado sin presentar evidencia que demuestre su prevención o sanción. Pese a las reiteradas recomendaciones del CAT, Cuba no ha implementado medidas efectivas para investigar y erradicar la violencia en las prisiones, perpetuando así un contexto de impunidad y abuso sistemático.
Las autoridades penitenciarias han sido responsables de numerosas agresiones físicas y psicológicas contra los reclusos con discapacidad psicosocial. Los golpes y el uso excesivo de la fuerza son una práctica común en el sistema penitenciario cubano. Un caso paradigmático es el de Kennis Salazar, con esquizofrenia, quien fue brutalmente golpeado por cuatro guardias mientras estaba esposado en la prisión de Kilo 8 en Camagüey. Producto de la golpiza, orinó sangre y recibió amenazas de muerte de parte de los oficiales.
4- Negación de Beneficios como forma de Trato Cruel y Violencia Psicológica
A los reclusos con discapacidad psicosocial en Cuba se les niega de manera arbitraria beneficios penitenciarios, como la libertad condicional o el acceso a regímenes de mínima seguridad, utilizándolos como forma de castigo y presión psicológica. Un caso emblemático es el de Abel Lázaro Machado Conde, quien, pese a haber solicitado en varias ocasiones una licencia extrapenal debido a su delicado estado de salud mental y múltiples intentos de suicidio, no recibió el tratamiento adecuado y fue sometido a aislamiento y castigos físicos por parte de las autoridades penitenciarias. Tras meses de denuncias y solicitudes, Abel Lázaro fue finalmente excarcelado en enero de este año, no como resultado de una decisión humanitaria por parte del Estado, sino en el marco de las negociaciones entre los gobiernos de Cuba y Estados Unidos, sin garantías de protección ni transparencia en el proceso.
5- Negación de Licencias Extrapenales
A pesar de que la Ley de Ejecución Penal de Cuba establece de manera explícita que las licencias extrapenales pueden otorgarse a las personas privadas de libertad que padezcan enfermedades o discapacidades que hagan incompatible su salud con el régimen penitenciario, las autoridades han negado sistemáticamente este beneficio a reclusos con graves padecimientos psiquiátricos. Esto perpetúa situaciones de sufrimiento extremo y coloca en riesgo la vida de estas personas, y evidencia una violación de la propia legislación cubana, que obliga a priorizar la salud e integridad de los sancionados como parte de una política de ejecución penal que debería respetarse.
La denegación arbitraria de este derecho, particularmente en los casos de personas con discapacidad psicosocial que permanecen privadas de libertad por motivos políticos, no responde a criterios médicos ni legales objetivos, sino que se utiliza como una herramienta de castigo y presión. Un caso emblemático es el de Amalio Álvarez González, quien padece problemas psiquiátricos severos y ha sido golpeado y arrastrado por un guardia con esposas en el cuello y manos. A pesar de sus antecedentes de autolesión y crisis psiquiátricas, no se le ha otorgado ninguna medida de excarcelación.
6- Aislamiento y Uso de Celdas de Castigo como Medida de Control
El aislamiento es utilizado como una herramienta de control y castigo contra los reclusos con problemas psiquiátricos. Las celdas de castigo carecen de colchones, sábanas y acceso regular a agua potable, lo que agrava la condición mental de los internos. Un caso representativo es el de Juan Enrique Pérez Sánchez, quien fue recluido en una celda de castigo tras coserse la boca en protesta por la negación de llamadas telefónicas y la mala alimentación en el penal de Melena del Sur. Lejos de recibir atención médica, fue castigado con total aislamiento y amenazado con ser trasladado al hospital psiquiátrico Mazorra, una institución tristemente reconocida por las muertes y maltratos documentados contra pacientes, lo que refuerza el uso del sistema de salud mental como una extensión del castigo carcelario. El aislamiento prolongado puede causar delirios, paranoia, depresión severa y ansiedad extrema, efectos comparables a la tortura.
7- Autolesiones como Forma de Protesta
En las prisiones cubanas, las autolesiones se han convertido en un recurso extremo de protesta ante la falta de vías efectivas para denunciar abusos y las condiciones inhumanas de reclusión. Entre los casos más representativos se encuentran Maykel
Castillo (Osorbo) y Juan Enrique Pérez Sánchez, quienes se cosieron la boca como forma de protesta.
También destacan Yanett Pérez Quevedo y Mayelín Rodríguez, que se cortaron las venas tras impedirles realizar denuncias. Otros casos graves incluyen a Onaikel Infante Abreu, que escribió “Libertad” con su sangre y un prisionero no identificado que se inyectó una mezcla de orina y excremento. Estos actos reflejan el nivel extremo de desesperación, angustia y abandono que enfrentan los reclusos dentro del sistema penitenciario cubano.
8- Suicidios e Intentos de Suicidios por Negligencia y Abusos
La negligencia médica y los abusos en las prisiones cubanas han provocado múltiples muertes, muchas de ellas catalogadas como suicidios sin investigaciones transparentes, pese a indicios de responsabilidad estatal. Entre los casos de suicidios e intentos de suicidio documentados por Cubalex, destacan los de Amalio Álvarez González y Abel Lázaro Machado Conde, presos políticos del 11J, quienes enfrentaron graves crisis de salud mental sin recibir la atención adecuada, lo que los llevó a intentar quitarse la vida en prisión.
A estos se suman los suicidios consumados de Joelvis Viscay Hernández, fallecido bajo custodia policial en Guantánamo en medio de irregularidades, y de un prisionero no identificado en Kilo 8, Camagüey, reflejando las condiciones extremas y el abandono al que son sometidas las personas privadas de libertad en Cuba. Sin embargo, uno de los casos más alarmantes es el de Yosandri Mulet Almarales, prisionero político del 11J, quien, tras sufrir malos tratos y la falta de atención médica adecuada en prisión, experimentó un grave deterioro de su salud mental. A pesar de las reiteradas solicitudes de su familia para que se le concediera una licencia extrapenal debido a su estado psiquiátrico, las autoridades penitenciarias se la negaron.
En agosto de 2024, durante un pase reglamentario del Campamento de Trabajo Forzado “Toledo”, Yosandri intentó suicidarse lanzándose desde el puente de Calabazar. Fue trasladado en estado crítico al hospital Julio Trigo, donde falleció días después. Este caso evidencia la negligencia médica estructural y cómo el Estado cubano somete a las personas con discapacidad psicosocial a condiciones inhumanas que deterioran gravemente su salud mental, profundizando cuadros de desesperanza, depresión severa y ausencia total de atención psicológica, hasta poner en riesgo su vida.
Conclusiones
El sistema penitenciario cubano reproduce de manera sistemática violaciones de derechos humanos contra las personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial, mediante negligencia médica, condiciones inhumanas de reclusión y violencia institucional. Aunque la legislación nacional establece derechos y garantías para esta población, en la práctica no se aplican, debido a la falta de implementación efectiva, supervisión independiente y voluntad política.
La falta de datos oficiales actualizados y desglosados sobre estas personas impide dimensionar el problema y desarrollar políticas públicas adecuadas, lo que contribuye a su invisibilización y abandono. Esta opacidad favorece la continuidad de abusos que agravan su salud mental, incrementando el riesgo de crisis severas, autolesiones y muertes.
Las deficiencias estructurales del sistema penitenciario incluyen la falta de personal especializado, la escasez de medicamentos esenciales y el uso del aislamiento prolongado como castigo habitual, prácticas que contravienen los estándares internacionales de derechos humanos y profundizan el deterioro mental de los reclusos.
Aunque la normativa cubana prevé medidas como licencias extrapenales y tratamiento especializado para personas con discapacidad psicosocial, estas se niegan de manera arbitraria y se utilizan como herramienta de castigo y represalia, particularmente contra presos políticos y manifestantes del 11J.
El Estado cubano incumple sus obligaciones legales internas e internacionales, al impedir la supervisión independiente y mantener un entorno de impunidad que perpetúa los abusos. Esta combinación de violencia, negligencia y falta de protección vulnera principios básicos de dignidad y atención integral, y exige acciones urgentes para garantizar los derechos fundamentales de esta población.
Llamado a la Acción
Las personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial en Cuba sobreviven en un entorno de violencia sistemática, abandono institucional y absoluta desprotección, sin acceso efectivo a justicia, atención médica adecuada ni garantías mínimas para preservar su integridad y dignidad. Condenadas al silencio y la invisibilidad, su situación exige una respuesta urgente y decidida de la comunidad internacional. Por ello, solicitamos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que:
1- Exija al Estado cubano la publicación de información clara, actualizada y verificable sobre el número de personas privadas de libertad con discapacidad psicosocial, las condiciones de su detención y su acceso real a servicios de salud mental.
2- Recomiende la prohibición inmediata y absoluta del aislamiento prolongado aplicado a personas con discapacidad psicosocial, en coherencia con los estándares internacionales que lo consideran una forma de tortura.
3- Instale un mecanismo internacional e independiente de monitoreo del sistema penitenciario cubano, con acceso irrestricto a las cárceles, entrevistas confidenciales con reclusos y revisión de expedientes médicos y penitenciarios, para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos.
4- Inste a los Estados miembros de la OEA a ejercer presión diplomática sostenida sobre el Estado cubano hasta que adopte medidas concretas y verificables para garantizar la protección, atención y liberación de las personas con discapacidad psicosocial que permanecen privadas de libertad.
Desde Cubalex reiteramos nuestro compromiso de continuar documentando, denunciando y visibilizando estas violaciones, y ponemos a disposición de esta Comisión toda la información recopilada, esperando que este informe contribuya a acciones efectivas de protección y justicia para las personas más vulnerables dentro del sistema penitenciario cubano.
Fuentes Consultadas
Documentos Oficiales del Estado cubano
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- Comité contra la Tortura. (19 de octubre de 2018). Tercer informe periódico presentado por Cuba en virtud del artículo 19 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT/C/CUB/3). Naciones Unidas.
- Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas. (2012). Intervención del Vicefiscal General de la República de Cuba, Rafael Pino Bécquer, en la presentación del informe de Cuba en virtud de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (INT/CAT/STA/CUB/48/11012). Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
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