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Detenciones Arbitrarias
La Ley de Procedimiento Penal (LPP) no nos protege contra detenciones arbitrarias desapariciones forzadas, tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes y no cumple con los estándares internacionales en materia de garantías del debido proceso. Aquí te decimos por qué:
- Las detenciones no están sometidas a control judicial. Los tribunales nunca se enteran de que has sido detenido a menos que alguien presente un recurso de Hábeas Corpus a tu favor.
- La ley autoriza a los agentes policiales para arrestar discrecionales a una persona por 24 horas sin necesidad de requerir o presentar una orden, por tanto, las detenciones son siempre legales. Arbitrarios son los motivos por los que te detienen.
- Puede extender acta de detención, después de haber efectuado el arresto. El tiempo que transcurre entre el momento del arresto y el que te trasladan a la estación policial o el tiempo que demoren en hacer el acta una vez en el centro de detención no se cuentan cómo horas de detención, y las autoridades policiales no serían responsable de lo que te suceda durante ese tiempo, ejemplo, si eres golpeado o torturado. A la mayoría de los activistas sociales y políticos, periodistas independientes y personas defensoras de derechos humanos, no les levanta acta de advertencia. No constan en los registros como detenidos.
- Los fiscales están facultados para decretar la prisión provisional, pero no son considerados en los estándares internacionales, funcionarios que ejercen funciones judiciales de forma independiente, objetiva e imparcial. Necesitamos jueces de instrucción que protejan nuestro derecho a no ser detenidos arbitrariamente.