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¿Puedo ser multado si no cambio formalmente mi domicilio legal?

11/01/2021 /

Los ciudadanos cubanos pueden ser multados por agentes de la Policía Nacional Revolucionaria y funcionarios del órgano del Carné de Identidad y Registro de Población si:

  1. Cambia su domicilio y no se inscribe a los 3 días en el registro de direcciones de los Comité de Defensa de la Revolución (CDR)
  2. Multa de $5 moneda nacional según el Incisos g) Artículo 5 Decreto No. 141/88
  • Permite en su vivienda que conviva unas personas por más de 30 días sin inscribirse en el registro de direcciones o en la Oficina Municipal del Carné de Identidad.
  • Multa de $5 moneda nacional según el Incisos d) Artículo 5 Decreto No. 141/88

Nota: Según el Artículo 9 e inciso a) del Artículo 10 del Decreto No. 141/88 los agentes de la Policía Nacional Revolucionaria y funcionarios del órgano del Carné de Identidad y Registro de Población estarían facultados para aplicar estas multas

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