Summary
La delegación cubana protagonizó un acto de repudio contra activistas y opositores durante un evento en Naciones Unidas, en Nueva York.
El hostigamiento en escenarios internacionales refleja cómo las prácticas de intimidación pueden extenderse más allá del territorio cubano.
Cubalex ha advertido sobre el carácter selectivo de la represión transnacional y sus efectos sobre quienes defienden los derechos humanos desde el exilio.
La delegación del régimen cubano ante Naciones Unidas protagonizó el pasado lunes 19 de octubre un act of repudiation contra activistas y opositores durante el evento “Cuba Libre: The Oppression Havana Hides”, organizado por la misión de Estados Unidos ante la ONU, en Nueva York, con el propósito de exponer la realidad de la isla.
Antes de comenzar la actividad, diplomáticos cubanos abordaron a los participantes y comenzaron a gritar consignas oficialistas, entre ellas “Abajo el bloqueo”.
El encuentro reunió a representantes de la oposición y de la sociedad civil cubana, entre ellos los activistas recientemente exiliados José Daniel Ferrer y Luis Manuel Otero Alcántara; María Werlau, directora de Cuba Archive; el economista Emilio Morales y el investigador Juan Antonio Blanco. También estuvo presente Orlando Gutiérrez Boronat, secretario general de la Asamblea de la Resistencia Cubana (ARC), quien ese mismo día fue nuevamente objeto de descalificaciones por parte del canciller cubano, Bruno Rodríguez Parrilla, en redes sociales.
Rodríguez recurrió a la inclusión de Gutiérrez Boronat en la denominada Lista Nacional de personas y entidades vinculadas con actos de terrorismo, un instrumento creado por las autoridades cubanas cuya aplicación plantea serias preocupaciones por su utilización con fines políticos y como mecanismo de estigmatización contra personas que se oponen al Gobierno, incluso desde el extranjero. Cubalex ha analizado los riesgos de esta herramienta en su análisis de la Resolución 19/2023 del Ministerio del Interior sobre terrorismo y protección del orden constitucional.
Lo ocurrido en Nueva York no debe analizarse únicamente como un enfrentamiento verbal entre representantes del Gobierno cubano y sus críticos. El episodio plantea interrogantes sobre el uso de la presencia diplomática y de los espacios multilaterales para desacreditar, intimidar y tratar de condicionar la participación pública de quienes denuncian violaciones de derechos humanos en Cuba.
La represión transnacional: cuando el hostigamiento cruza las fronteras
La represión transnacional comprende las prácticas mediante las cuales un Estado busca vigilar, intimidar, silenciar o castigar a personas que se encuentran fuera de su territorio debido a sus actividades políticas, periodísticas o de defensa de los derechos humanos. Estas acciones pueden adoptar diversas formas y no requieren necesariamente el uso de la fuerza física para producir efectos represivos.
En el caso cubano, Cubalex ha identificado una dinámica de focalización individual y selectiva, dirigida con frecuencia contra figuras relevantes de la sociedad civil independiente. El propósito no se limita a afectar a una persona concreta: también busca generar temor en las comunidades del exilio, debilitar sus redes de apoyo y reducir su capacidad para denunciar las violaciones cometidas dentro de la isla.
Entre las prácticas identificadas se encuentran la vigilancia, el acoso diplomático, las campañas de descrédito y otras formas de hostigamiento de baja intensidad que pueden provocar desgaste psicológico, aislamiento y temor a nuevas represalias. Su aparente menor intensidad no elimina sus posibles efectos sobre el ejercicio de derechos fundamentales, como la libertad de expresión, la asociación y la participación en asuntos públicos.
Desde esta perspectiva, el acto de repudio protagonizado por representantes cubanos en Naciones Unidas puede examinarse como una manifestación de hostigamiento en un espacio internacional. La actuación de una delegación oficial contra personas que utilizan ese mismo escenario para denunciar la situación de su país evidencia la importancia de evaluar no solo los episodios de violencia física, sino también las prácticas de intimidación y descrédito que pueden limitar la participación de activistas en el debate público.
El descrédito como mecanismo de intimidación
La estigmatización pública constituye un componente relevante de estas dinámicas. Cuando las autoridades presentan a activistas y opositores como delincuentes, agentes extranjeros o supuestos terroristas, desplazan la discusión desde las denuncias sobre derechos humanos hacia cuestionamientos sobre la legitimidad de quienes las formulan.
Este tipo de discurso puede tener consecuencias que trascienden la confrontación política. Las etiquetas utilizadas por funcionarios estatales pueden aumentar la exposición de las personas señaladas a nuevas formas de hostigamiento, afectar su reputación y dificultar el desarrollo de sus actividades. También pueden transmitir un mensaje disuasorio a otras personas que consideran participar en actos públicos, colaborar con organizaciones independientes o denunciar abusos ante organismos internacionales.
En el caso de Orlando Gutiérrez Boronat, la referencia a la lista nacional cubana de personas y entidades vinculadas con el terrorismo debe examinarse dentro de ese contexto. La inclusión en una lista oficial no sustituye la obligación de las autoridades de acreditar hechos concretos mediante procedimientos compatibles con las garantías del debido proceso. Tampoco justifica automáticamente la estigmatización de una persona ni permite restringir sus derechos al margen de las obligaciones internacionales del Estado.
El problema adquiere una dimensión adicional cuando las descalificaciones proceden de altos funcionarios y se producen en paralelo a actividades internacionales destinadas a denunciar la situación de los derechos humanos en Cuba. En esas circunstancias, el discurso oficial puede contribuir a desacreditar a los denunciantes precisamente cuando intentan acceder a espacios de participación y escrutinio internacional.
La ONU como escenario de disputa por la participación de la sociedad civil
El episodio de Nueva York también debe situarse en un contexto más amplio: la participación del Estado cubano en los mecanismos internacionales de derechos humanos y su relación con las organizaciones independientes que documentan abusos.
En su análisis publicado el 4 de mayo de 2026, Cubalex advirtió sobre la contradicción entre la presencia de Cuba en el Comité de Organizaciones No Gubernamentales del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas (ECOSOC) y el rechazo histórico de las autoridades cubanas a las organizaciones independientes de derechos humanos. Cuba fue elegida para integrar ese órgano durante el período 2027-2030, una posición relevante para los procesos de acreditación y participación de la sociedad civil en el sistema de Naciones Unidas.
La experiencia documentada por Cubalex muestra que las restricciones a la participación de la sociedad civil no se limitan a la represión dentro de Cuba. También pueden manifestarse mediante obstáculos institucionales, cuestionamientos a la legitimidad de las organizaciones independientes y prácticas que dificultan su acceso a mecanismos internacionales.
El hostigamiento en eventos multilaterales y las barreras a la participación institucional son fenómenos distintos, pero pueden producir efectos convergentes: reducir la visibilidad de las denuncias, desgastar a quienes las presentan y limitar las oportunidades de que las víctimas y las organizaciones independientes sean escuchadas.
Por ello, la defensa del espacio cívico internacional exige que los organismos multilaterales no solo faciliten la participación de la sociedad civil, sino que también estén atentos a posibles actos de intimidación contra quienes intervienen en sus actividades. La presencia de representantes estatales en estos espacios no debe traducirse en una ventaja para hostigar a sus críticos ni en un mecanismo para desalentar la documentación de violaciones de derechos humanos.
La experiencia de Cubalex permite advertir que estas preocupaciones no se refieren únicamente a otros activistas cubanos. Integrantes de la organización también han sufrido actos de hostigamiento en eventos internacionales donde la diplomacia cubana ocupa espacios de representación.
Estos antecedentes refuerzan la necesidad de examinar las prácticas de intimidación desde una perspectiva que considere tanto las actuaciones individuales como el contexto institucional en el que ocurren. Cuando quienes documentan abusos o presentan denuncias ante mecanismos internacionales se enfrentan a presiones en esos mismos espacios, puede verse afectada su capacidad para desarrollar libremente su trabajo de defensa de los derechos humanos.
La situación resulta especialmente preocupante para las personas que continúan su activismo desde el exilio. Salir del país no necesariamente pone fin a la persecución, y la posibilidad de intervenir en foros internacionales no garantiza, por sí sola, que puedan ejercer sus derechos sin temor a represalias.
Una respuesta internacional coordinada
En marzo de 2026, Cubalex alertó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la expansión de la represión transnacional en Cuba, Nicaragua y Venezuela. Durante esa audiencia, la organización pidió fortalecer la respuesta regional y adoptar medidas para identificar, documentar y prevenir estas prácticas.
Entre sus recomendaciones se encuentran reconocer y conceptualizar el fenómeno, mantener su monitoreo mediante los mecanismos de la Comisión, elaborar un informe específico sobre sus patrones y consecuencias e incorporar el tema al informe anual de la CIDH. También propuso fortalecer los mecanismos nacionales de protección para las personas defensoras de derechos humanos en el exilio y promover protocolos de investigación que permitan determinar las obligaciones estatales frente a estos hechos.
El incidente ocurrido en Naciones Unidas muestra por qué esta agenda resulta necesaria. La respuesta internacional no puede limitarse a reaccionar ante los episodios más visibles de violencia física: también debe prestar atención a las formas de hostigamiento, descrédito e intimidación que pueden restringir el ejercicio de derechos en el extranjero.
Los Estados de acogida y los organismos multilaterales tienen un papel relevante en la prevención de estas prácticas, la protección de las personas afectadas y la investigación de las denuncias que correspondan. Esa respuesta debe respetar las garantías procesales, evitar conclusiones anticipadas sobre hechos no esclarecidos y asegurar que las personas defensoras puedan participar en espacios públicos sin sufrir represalias por sus opiniones o actividades legítimas.
La represión transnacional busca extender los efectos del control estatal más allá de las fronteras y limitar la capacidad de quienes se encuentran en el exilio para denunciar, organizarse y defender derechos. Frente a ese fenómeno, la cooperación internacional, la documentación rigurosa y la protección efectiva de la sociedad civil son esenciales para impedir que la distancia geográfica se convierta en una nueva forma de vulnerabilidad.