Preguntas Frecuentes

La Ley de Procedimiento Penal (LPP) no nos protege contra detenciones arbitrarias desapariciones forzadas, tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes y no cumple con los estándares internacionales en materia de garantías del debido proceso. Aquí te decimos por qué: 

  1. Las detenciones no están sometidas a control judicial. Los tribunales nunca se enteran de que has sido detenido a menos que alguien presente un recurso de Hábeas Corpus a tu favor.
  2. La ley autoriza a los agentes policiales para arrestar discrecionales a una persona por 24 horas sin necesidad de requerir o presentar una orden, por tanto, las detenciones son siempre legales. Arbitrarios son los motivos por los que te detienen.
  3. Puede extender acta de detención, después de haber efectuado el arresto. El tiempo que transcurre entre el momento del arresto y el que te trasladan a la estación policial o el tiempo que demoren en hacer el acta una vez en el centro de detención no se cuentan cómo horas de detención, y las autoridades policiales no serían responsable de lo que te suceda durante ese tiempo, ejemplo, si eres golpeado o torturado. A la mayoría de los activistas sociales y políticos, periodistas independientes y personas defensoras de derechos humanos, no les levanta acta de advertencia. No constan en los registros como detenidos.
  4. Los fiscales están facultados para decretar la prisión provisional, pero no son considerados en los estándares internacionales, funcionarios que ejercen funciones judiciales de forma independiente, objetiva e imparcial. Necesitamos jueces de instrucción que protejan nuestro derecho a no ser detenidos arbitrariamente.
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